Me sorprendió escuchar durante la campaña electoral una voz en off de agitado trémolo y timbre metálico, que decía algo así como que el derecho de autodeterminación es una figura jurídica totalmente ajena a la Unión Europea; una suerte pieza extraña al entramado legal que articula Europa. No recuerdo bien si la frase llegó a mis oídos a través de la radio, de un resúmen informativo de campaña o de la estridente megafonía de un vehículo de esos que portan sobre ruedas la publicidad electoral. Pero puedo asegurar que mis tímpanos lo registraron. Y que procedía de un partido que se hace llamar que se hace llamar no-nacionalista, aunque ha hecho pivotar toda su campaña electoral sobre insistentes argumentos de carácter patriótico-nacional-identitario. La afirmación, en cualquier caso, carece del más mínimo sustento.
Es cierto que el Derecho de la Unión Europea no reconoce en sus textos legales -no, al menos, de modo expreso- el derecho de autodeterminación de los pueblos. Pero tan cierto como eso, es el hecho de que tampoco lo niega, excluye o rechaza. Es más, en alguno de sus pasajes deja traslucir un reconocimiento -indirecto, sí, pero no por ello menos real y efectivo- de este derecho. Veámoslo.
La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa vincula jurídicamente a todos los Estados miembros, con la excepción de Polonia y el Reino Unido, reafirma, en su preámbulo, «los derechos reconocidos especialmente por las tradiciones constitucionales y las obligaciones internacionales comunes a los Estados miembros, el Tratado de la Unión Europea, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, las Cartas Sociales adoptadas por la Unión y por el Consejo de Europa, así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE y del Tribunal Europeo para Derechos Humanos”.
La amplia relación de fuentes jurídicas que el preámbulo de la Carta «reafirma», incluye, como se ve, «las obligaciones internacionales comunes a los Estados miembros». Cualesquiera que sean estas «obligaciones», parece evidente que comprenden, también, las derivadas de la Carta de la ONU y de los Pactos de Derechos Civiles y Políticos y Económicos, Sociales y Culturales de diciembre de 1966, que comienzan proclamando, nada menos que en su artículo 1º, el derecho de todos los pueblos a su libre determinación. No es cierto, pues, que este derecho sea ajeno al edificio jurídico de la UE.
Por lo demás, se puede afirmar también que el derecho de autodeterminación forma parte de la «tradición constitucional» de algunos los Estados miembros de la UE, que constituye otra de las fuentes que la Carta de Derechos Fundamentales de la UE «reafirma en su preámbulo» . Tan es así, que la UE sería inconcebible, al menos en su configuración actual, sin la existencia y el ejercicio del derecho los pueblos a su libre autodeterminación. No sólo porque algunos de sus Estados miembros -como Malta, Chipre, Chequia, Eslovaquia, Eslovenia y, próximamente Croacia- nacieron como tales Estados como consecuencia del ejercicio efectivo de un derecho colectivo a decidir sobre el estatus jurídico de una comunidad materialmente equiparable al de la libre determinación, sino porque, además, no pocos de ellos decidieron incorporar ese derecho a sus leyes fundamentales, bien como principio universal o bien como fundamento jurídico de su propia constitución como Estados independientes.
He aquí algunos ejemplos, que cito, por supuesto, sin afán alguno de exhaustividad.
Desde la unificación de la República Federal y de la República Democrática, la Constitución alemana establece en su preámbulo «Los alemanes de los Estados de […] han consumado, en libre determinación, la unidad y la libertad de Alemania”. La Alemania que hoy conocemos, por tanto -la misma Alemania de Merkel que impone una buena parate de las reglas económico financieras por las que se rige en la UE- nació del ejercicio del derecho de autodeterminación por parte del pueblo alemán. Y con el visto bueno de la Unión Europea, evidentemente.
La Constitución de Irlanda dispone en su art. 1º que “La nación irlandesa proclama su derecho inalienable, indestructible y soberano a escoger su propia forma de gobierno, a decidir sus relaciones con las demás naciones y a desarrollar su propio modo de vida política, económica y cultural, conforme a su propio espíritu y tradiciones”. Pocas veces he visto una descripción más gráfica y clara de lo que la doctrina jurídica ha situado bajo el epígrafe de derecho de autodeterminación. Una descripción sustancialmente idéntica a la definición contenida en los Pactos internacionales de derechos de 1966, suscritos bajos los auspicios de la ONU: «En virtud de este derecho -declara el artículo 1-1º de estos Pactos- [los pueblos] establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural». A lo que que el párrafo segundo añade: «Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de ls obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio del beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia»
La Constitución de Eslovenia establece en au artículo 3º que “Eslovenia es un Estado de todos sus ciudadanos que se funda en el permanente e inalienable derecho de la nación eslovena a su autodeterminación”.
La norma constitucional de Estonia declara en su preámbulo que se dicta desde la “su inquebrantable voluntad de salvaguardar y desarrollar un Estado que se fundamenta sobre el inextinguible derecho del pueblo estonio a su autodeterminación nacional”
Por su parte, la Constitución de Eslovaquia constata igualmente en su preámbulo que surge de la nación eslovaca que, entre otras consideraciones históricas, culturales y espirituales, reconoce «el derecho natural de las naciones a su libre determinación, junto a miembros de minorías nacionales y grupos étnicos que vivien en el territorio de la República eslovaca»
En términos semejantes, la Constitución de Lituania prescribe igualmente en su preámbulo que emana de la nación lituana, «encarnando el derecho innato de todo ser humano y del pueblo para vivir y crear libremente en la tierra de sus padres y antepasados, en el independiente Estado de Lituania»
La Constitución de Portugal no llega al extremo de fundar en el derecho de autodeterminación el origen del Estado luso, pero su artículo 7-3º establece com principio inspirador de la política exterior, que «Portugal reconoce el derecho de los pueblos a la autodeterminación e independencia y al desarrollo…».
La conclusión de todo ello es evidente. Si el derecho de autodeterminación forma parte de los tratados internacionales de los que emanan «las obligaciones internacionales comunes a los Estados miembros» y aparecen explícitamente reflejados en la «tradición constitucional» de algunos de ellos, es evidente que no es algo ajeno a la UE.
La Agencia Española de Viajeros en el Tiempo (AEVT) ha realizado otro travesía con éxito. Este lapso fue al País Vasco en el año 2050, más concretamente a la provincia de Vizcaya. Tras pasar las cuerdas cósmicas de Gott, nuestros agentes aterrizaron en un lugar denominado «Estadio Nuevo San Mamés-Argala» mientras se celebraba un acto denominado «Aberri Eguna».
A través del único diario que existe en Euskadi, denominado «Pravda-Gara», nuestros agentes del tiempo, descubrieron que las antiguas provincias de Vizcaya y Guipúzcoa, se había convertido en una república socialista y popular. Un órgano soviético llamado «BILDUETA» se había convertido en el partido único del régimen que dirigía el país.
El diario Pravda- Gara del año 2035, informaba que un tal Erkoreka o Ercoreca, y otra persona denominada: Urcullu o Urkullu, se habían nacionalizado franceses y que ahora militaban con mucho éxito en Francia, en un partido que dirige la anciana «Marine Le Pen». Se mostraban alegres y sonrientes mientras juraban ante la bandera francesa en la fotografía que el diario galo «Le Figaro» mostraba en abril del 2034. Los «susodichos» declaraban en el diario: nosotros siempre hemos querido ser franceses, por eso no nos sentíamos a gusto en España.
Nuestros enviados de la AEVT, lograron realizar una grabación a riesgo de ser descubiertos por la joven guardia roja-jarraitxus, que se encargaba de vigilar que se cumpliera la ortodoxia del régimen.
Por desgracia las interferencias del agujero de gusano de Morris-Thorne, nos impidió traer la constitución marxista de Euskal Herria, que fue declarada en el año 2033.
Esta grabación que ponemos a continuación, fue rodada durante el Aberri Eguna del año 2050, en el Nuevo Estadio San Mamés- Argala…
Aquí hay algo que el Erkoreka no comenta. El derecho de autodeterminación de los pueblos de la ONU, «se refiere a los pueblos sujetos a colonialismo. …». Y nuca jamás a provocar o promover la desestabilización de un país soberano.
El derecho de autodeterminación se refiere a países y pueblos coloniales y no a entidades como Euzkadi, Euskadi, Euskal Herria o cómo coño queráis llamarla.
Los políticos que sólo buscan el enfrentamiento, la rebelión, el guerracivilismo y desestabilizar un país, deberían estar en la cárcel, por promover guerras, sediciones y levantar odios entre los pueblos.
Erkoreka, tú mejor que nadie sabes que la Unión Europea nunca estará a favor de la sedición y de la segregación ¿Tú te crees que si Euskadi no es capaz de estar en España, va a ser capaz de estar en la Unión Europea?
Erkoreka, tú mejor que nadie sabes que el nacionalismo es incompatible con la Unión Europea, más que nada porque la Unión Europea es en esencia entregar a otros la soberanía de un país ¿Un nacionalista vasco admitiría que Euskadi lo dirijan desde Bruselas y Estrasburgo?
Deja de engañar al personal y no nos vengas con el rollo ese de la Unión Europea, en Bruselas no os quieren ver ni en pintura y si los españoles tuvieran un poco más de dignidad os mandaban a freír espárragos. Ojalá os dieran pronto la independencia. Sois la ruina de España y de Europa ¡Qué vergüenza querer levantar fronteras en el siglo XXI! ¡Qué gente más cutre, la madre que os parió!
Muy interesante la reflexión sobre Alemania puesto que cuando se produce la reunificación (en sus dos vertientes: Monetaria Julio 1990 y Política Octubre 1990) de facto se anexiona la República Democrática Alemana a la Unión Europea sin más acuerdo que lo que se informa por parte del Caniller Kohl en la Cumbre de Dublin de Junio de 1990… Vamos que si se puede anexionar un territorio hasta ese momento externo a la UE en un abrir y cerrar de ojos, ¿Como no se va a expulsar a una parte, que vía España, lleva siendo miembro de la UE desde el 1986?
Los arguemntos llenos de prejuicios de la máquina del tiempo nos indican el buen camino que lleva EAJ. Como muestra un extracto de un doc de EAJ de 1989.
LAS OPCIONES DE LA AUTODETERMINACIÓN
Autodeterminarse un pueblo es decidir:
– La formación de un Estado independiente.
– El formar parte de un Estado junto con otros pueblos.
– El formar parte de una unión de Estados como uno de los Estados miembros o formando parte integrante de alguno de ellos.
Hoy, en el área que llamamos Europa occidental, en la que estamos inmersos tanto política como económica y culturalmente, hay dos opciones de estatalidad:
– La clásica del Estado-nación que mantiene su plena soberanía (Suecia, Suiza…).
– La de los Estados que, desde su plena soberanía, van cediendo parte de ésta con la idea mayoritaria de formar una unión de Estados o Estados Unidos de Europa que tendrá, en el tiempo, un Parlamento, un Gobierno, un Poder Judicial, una moneda, un sistema defensivo, un mercado y una política exterior comunes, manteniendo cada uno de los Estados miembros todas aquellas competencias no cedidas voluntariamente a las Instituciones comunes superiores.
El nacionalismo vasco formuló por boca de Sabino Arana el derecho y la opción de un Estado vasco formado por Araba, Bizkaia, Gipuzkoa, Laburdi, Navarra y Zuberoa, en su estructura interna Confederal.
DOS VÍAS
A esa Unión Europea, Euzkadi podría llegar, teóricamente, por dos caminos:
– Por la formación de un Estado vasco sobre la base de la reunificación de los territorios hoy dependientes de los Estados español y francés.
Para acto seguido, ir cediendo soberanía en el mismo grado y ritmo de los actuales doce Estados miembros de la CEE.
– Recabando, por una profundización autonómica, todos aquellos poderes que en su día serán atribución de los Estados europeos y no de Bruselas.
La opción es de política práctica. De posibilismo y no de preferencia. La ideal sería la primera, si fuera posible. La segunda es más realista de cara al futuro, a largo plazo, de una Europa democrática, con el oportuno ejercicio del Derecho de Autodeterminación a partir de las mayorías establecidas en el Parlamento Vasco.
http://www.eaj-pnv.eu/documentos/ebbmanifiesto-aberri-eguna-1989_5666.html
Aquí ni dios se entera (o no quiere enterarse) de que el nacionalismo es incompatible con la Unión Europea. Entregar casi todas las competencias a la UE y que los órganos de decisión estén en Bruselas es todo lo contrario a lo que un nacionalista vasco pide. Si Madrid les parece lejos imagínate Luxemburgo…
Ahora resulta que ser nacionalista significa entregar la soberanía de tu país a otros… ni en las peores pesadillas de Sabino Arana pasaría esto. En la Unión Europea no quieren saber nada de secesiones ni de segregaciones, más que nada porque al igual que los nacionalistas vascos piden la separación de España hoy ¿Por qué no pedirán los nacionalistas vascos mañana, la sedición de Euzkadi de la Unión Europea? No se construye una nación europea, destruyendo a los países que la forman.
Apoyar la destrucción de España, es apoyar en un futuro la destrucción de la Unión Europea. Y esto precisamente lo tienen muy claro los franceses y los alemanes. De ahí que no quieran saber nada de ello y menos los franceses que encima les quieren soliviantar a los lugareños del «Pays Basque»
Los nacionalistas vascos lo que deben hacer, es hacer más caso a los nacionalistas catalanes y empezar a quemar banderas de la Unión Europea (como tímidamente hicieron el otro día). De momento sólo las queman unos marginales, pero así empezó el movimiento nacionalista catalán con uno marginales que ponían unos tenderetes en las Ramblas (y mira ahora adónde han llegado)
Este discurso seudo europeísta que canta el Urkullu, no se lo cree nadie. Desde luego el Erkoreka no se lo cree y sabe que es más falso que un euro con la cara de Popeye.
Erkoreka, no nos tomes el pelo a los que leemos tu Blog y di la verdad sobre los procesos de descolonización que hubo en el tercer mundo y de paso le cuentas al personal lo incompatible que es un discurso nacionalista con entregar la soberanía al Parlamento Europeo, lleno no sólo de maquetos (ya que habrían muchos españoles) sino de extranjeros.
Nacionalistas vascos enteraros… En el Parlamento Europea hay y habrá siempre muchos maquetos y gente de Madrid. Si de verdad apoyáis la Unión Europea es que estáis tontos de remate. Por no hablar del futuro Ejército de Europa que estaría lleno de militares españoles…
Erkoreka, ya sé que por sacar votos los políticos en general decís todo tipo de barbaridades, pero esto de unir a Sabino Arana con la Unión Europea, sabes tú que es imposible. Al menos no te rías de todos nosotros. Sólo pedimos que nos trates con un mínimo de decoro y dignidad.
Firmado: Uno de tus lectores.
La máquina del tiempo está fuera de sí. Habla y habla, descalifica y descalifica, pero no aporta un solo argumento para desmentir la muy medida argumentación de Erkoreka, que me ha parecido novedosa y sugerente. Todos los datos que aporta Erkoreka son ciertos. Los entrecomillados son correctos y exactos.
La UE tiene estados miembros que, sencillamente, no existirían si no hubiesen ejercido el derecho de autodeterminación. Ese es un hecho que podrá no gustar a la maquina del tiempo, pero que es incontrovertible. ¿Cómo va a ser ajeno a la UE un derecho que aparece expresamente citado en las constituciones de varios estados miembros?
Y la teoría de que este derecho era para las antiguas colonias, quedó superada hace años, cuando la ejercieron pueblos europeos que nunca habían sido colonias, como Eslovenia o Lituania. Y ya no digo nada cuando la unificación alemana se llevó a cabo sobre el derecho a la libre determinación del pueblo germano. Si Alemania es una colonia, España es una ciénaga del cuarto mundo.
La maquina del tiempo no se entera. Como buen nacionalista español que es, piensa que el derecho de autodeterminación es una cuestión de nacionalismo. Se equivoca. No es cuestión de nacionalismo, sino de democracia. Por eso no le gusta a la maquina del tiempo, que como nacionalista español es autoritario, sectario y dictatorial.
Yo creo que Erkoreka lo expresaba muy gráficamente hace algunos dias en este mismo blog. El problema de Catalunya no está en Europa, sino en España. Si España fuese democrática y aceptase, como Camerón, una decision mayoritaria del pueblo catalán, adoptada en una consulta transparente y libre, Europa no pondría la más mínima objeción a la incorporación de Cataluña como Estado miembro de la Unión.
Es muy significativo que el ministro español de asuntos exteriores, García-Margallo, haya salido ayer diciendo que la entrada de Catalunya en la UE se encontraría con el veto de «varios» Estados. Una vez más quiere diluir su responsabilidad. Si España no opusiese veto, ningún Pais europeo lo haría. Los demás sólo se opondrían si se opusiese España y porque España se opone. El problema, repito, no está en la UE, ni en los demás Estados miembros. Está en España. Así de claro. Y está en España porque no ha madurado lo suficiente desde el punto de vista democrático, como para aceptar el dictado mayoritario de las urnas catalanas, cuando se trata del futuro de Catalunya.
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Sí, Portugal reconoce el derecho a la autodeterminación de los pueblos, pero España también. Eso es un reconocimiento internacional oficial, ¿Quien lo disputa? Pero téngase en cuenta que eso de: «3. Portugal reconhece o direito dos povos à autodeterminação e independência e ao desenvolvimento, bem como o direito à insurreição contra todas as formas de opressão» (se encuntra en el art. 7 sobre relaciones internacionales: es decir, se reconoce el derecho a la independencia de los pueblos colonizados: «Artigo 7.º Relações internacionais «.
En lo que tiene que ver con Portugal mismo dice: «1. O Estado é unitário e respeita na sua organização e funcionamento o regime autonómico insular e os princípios da subsidiariedade, da autonomia das autarquias locais e da descentralização democrática da administração pública. «, en el art. 6 sobre el estado UNITARIO: «Artigo 6.º Estado unitário».
Portugal habla de su indisolubilidad: «3. O Estado não aliena qualquer parte do território português ou dos direitos de soberania que sobre ele exerce, sem prejuízo da rectificação de fronteiras.» («3. El Estado no enajena ninguna parte del territorio portugués ni los derechos de soberanía que ejerce sobre éste, sin perjuicio de la rectificación de fronteras»). En el art. 4.
Y en el art. 3 dice: «1. A soberania, una e indivisível, reside no povo, que a exerce segundo as formas previstas na Constituição» («1. La soberanía, una e indivisible, reside en el pueblo, que la ejerce conforme a las modalidades previstas en la Constitución»).
Nada más acabarse la dictadura de Caetano se dio indepenedencia a Angola, Mozanbique y Guinea Bisssua-Cabo Verde. Pero, desde luego, Azores o Madera no entraban en eso: «1. Portugal abrange o território historicamente definido no continente europeu e os arquipélagos dos Açores e da Madeira» («1. Portugal comprende el territorio históricamente delimitado en el continente europeo y los archipiélagos de las Azores y de Madeira»), en el art. 5, sobre el territorio: «Artigo 5.º Território «.
La Constitución española no permite hacer consulta previa o referendum a ninguna de sus autonomías en el caso que alguna de ellas pretendiera independizarse.
¿La Constitución portuguesa, en su caso, lo permitiría?