El siete es un número mágico. Son muchas, a lo largo y ancho del mundo, las tradiciones populares que atribuyen a este número un significado de gran fuerza simbólica; un sentido asimilable al de la plenitud. Según estas tradiciones, insertas en los más diversos entornos culturales, decir siete equivalía a decir todo. Los días de la semana son siete. Como las virtudes capitales, las vidas que se atribuyen a los gatos y los sacramentos. La Roma imperial, fue conocida como la ciudad de las siete colinas. Las maravillas del mundo antiguo eran también siete. Al igual que las ventanas del Palacio de Ursua, en Nafarroa, y el precio imaginario -«zazpi errotaberri zazpira jauregi zuri», expresión equivalente a «todo el oro del mundo»- que Juana de Ursua estaba dispuesta a rechazar con tal de no regresar a la noble residencia del Viejo Reino. Y, en fin, hasta los libros de la saga de Harry Potter son siete.
Esta serie sobre la ilegalización de partidos políticos se compone, igualmente, de siete entregas. No niego que el número ha sido elegido deliberadamente para significar que, en las siete entradas que dedico a este tema, se recoge, si no todo -sería imposible escribir en un blog todo lo que puede decirse a propósito de un asunto tan debatido y tan cargado de matices-, lo esencial para formarse una idea cabal de la problemática jurídica y política que plantea el fenómeno de la ilegalización de partidos políticos, en Euskadi y más allá de nuestras fronteras.
Tanto los datos seleccionados como las valoraciones hechas en torno a los mismos, obedecen a la percepción personal del autor de la serie, que es el titular del blog. O sea, yo, Josu Erkoreka que, para bien o para mal, escribo personalmente todas las entradas de esta bitácora. Es posible que me acusen de subjetivo. Más de uno lo hará, probablemente. Pero, ¿quién no lo es? ¿Acaso no los son los medios de prensa que predican, exultantes, su independencia y objetividad?; ¿acaso no lo son los diputados y senadores que votaron a favor de la Ley de Partidos Políticos, las editoriales de los diarios que la apoyaron o los magistrados del Tribunal Europeo de Derechos Humanos?
La innegable e inevitable subjetividad, sin embargo, no me ha impedido elaborar un relato que pretende ser lo más objetivo posible, y en el que he considerado importante dejar reflejada la idea de que el debate sobre la ilegalización de partidos políticos, en general y, en particular, el específicamente planteado en el Estado español a propósito de Batasuna, no conforma una historia lineal en blanco y negro, que enfrenta a los buenos absolutos contra los malos irrecuperables, sino una crónica llena de matices, modulaciones y más de una inflexión.
Y tras este largo introito, que no pretender justificar, sino aclarar, abordo ya la última estación del viaje que emprendí hace una semana por entre la procelosa ruta de las ilegalizaciones.
Finalmente, tras seis largos años de espera, la sección quinta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha emitido sentencia en relación con los recursos interpuestos por Herri Batasuna y Batasuna contra su ilegalización por los tribunales españoles. Lo hizo el pasado 30 de junio, mediante una resolución de 97 puntos, que vino acompañada de otras dos: la primera de ellas versa sobre las candidaturas prohibidas a la plataforma Autodeterminaziorako Bilgunea en las elecciones municipales de 2003 y la segunda se refiere a la anulación de la candidatura Herritarren Zerrenda, en las elecciones europeas de 2004.
En los tres casos, el TEDH respalda por unanimidad las tesis defendidas en el proceso por el Gobierno español, desestimando en su totalidad las reclamaciones formuladas por los partidos ilegalizados y las candidaturas prohibidas.
Cuando el tribunal acordó admitir parcialmente a trámite las demandas presentadas por los recurrentes, allá por el mes de diciembre de 2007, hubo quien expresó, pública y entusiásticamente, la expectativa de que los recursos pudieran prosperar, acogiéndose al dato estadístico de que, el tribunal sólo acepta la tramitación del 1,5% de los asuntos que se le presentan y, una vez superado este trámite, acepta las alegaciones de fondo en más del 80% de los pleitos en los que se pronuncia. Pero en asuntos judiciales, tan volubles e imprevisibles, sólo pueden echarse las campanas al vuelo cuando se dispone de la sentencia definitiva e irrecurrible. Hasta entonces, el aplauso es, siempre, sinónimo de precipitación. Y si, además, es acalorado, reflejo un de apresuramiento poco racional.
La principal de las tres sentencias -la que se pronuncia sobre la ilegalización de Batasuna y Herri Batasuna- retoma los pronunciamientos anteriores del propio tribunal para definir el marco en el que ha de dictar su resolución. De ahí arrancan, precisamente, sus fundamentos de derecho: recordando las pautas que ha venido fijando en los últimos años para enjuiciar los casos de ilegalización de partidos políticos por parte de los Estados que son parte en el Convenio. Tal y como señalamos en el post que precede a este, el organo judicial europeo tiene establecido que los poderes públicos pueden limitar el ejercicio del derecho de asociación, mediante injerencias e intromisiones que sólo serán legítimas si cumplen tres requisitos:
a) Estar previstos en la ley
b) Pretender uno de los fines previstos en el artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos
c) Resultar obligada e ineludible -el tribunal habla de una «necesidad social imperiosa»- para garantizar al supervivencia del régimen democrático.
El cumplimiento de los dos primeros requisitos se constata sin excesivos problemas. Por una parte, es evidente que la posibilidad de ilegalizar formaciones políticas en el Estado español, está expresamente prevista en la Ley de Partidos Políticos de 2002 y sus prescripciones son tan claras como rotundas. Y por otra, tampoco reviste especial problema justificar la ilegalización, sobre la base de alguno o algunos de los numerosos fines que el Convenio Europeo de Derechos Humanos considera que pueden legitimarla: «la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral o la protección de los derechos y libertades ajenos». El abanico de posibilidades, como se ve, es amplio y laxo. Permite, por ejemplo, ilegalizar un partido con el fin de proteger «la moral».
El Gobierno español justificaba la ilegalización como un medio para evitar que los partidos disueltos «actúen contra el sistema democrático y las libertades esenciales de los ciudadanos, al sostener la violencia y las actividades de la organización terrorista ETA». El TEDH da por buena, sin más, esta alegación. Y argumenta que «no se ha demostrado por los demandantes que su disolución esté motivada por razones distintas a las esgrimidad por los tribunales internos». En este punto, no deja de sorprender el riguroso seguidismo que el TEDH practica con respecto a los tribunales españoles. Su lectura transmite la impresión de que el tribunal ha abandonado la posición tuitiva que tradicionalmente viene adoptando con respecto a las presuntas vulneraciones de derechos, y deposita sobre el hombro de los demandantes la carga de demostrar lo que alegan. En cualquier caso, estas y otras razones se encuentran ampliamente desarrolladas en los punto siguientes de la sentencia y, aquí, el tribunal se limita a afirmar que la ilegalización no puede perseguir la eliminación del independentismo político, porque «varios partidos políticos caracterizados como <<separatistas>> coexisten pacíficamente en diversas comunidades autónomas españolas». Lo cual, es innegable.
Como siempre que el TEDH afronta procesos relacionados con ilegalización de un partido político, las razones decisivas de su argumentación se centran en el tercero de los requisitos apuntados, es decir, a la hora de apreciar si la disolución del partido dejado al margen de la ley, resulta «necesaria» para preservar el carácter democrático de la sociedad, y si la medida es «proporcionada» al fin propuesto.
También aquí el tribunal se sirve de los criterios fijados con anterioridad para fundamentar su decisión. Sin embargo, en esta ocasión, la sentencia no se limita a hacer una aplicación automática y líneal de la jurisprudencia precedente. Su texto incorpora, también, algunas consideraciones novedosas, expresamente concebidas para el caso concreto que nos ocupa.
El tribunal comienza recordando que, en un régimen democrático, los partidos políticos pueden proponer, legítimamente, todo tipo de cambios en las estructurales legales y constitucionales de los Estados en los que operan, siempre que cumplan dos condiciones:
a) Que los medios utilizados al efecto sean desde todo punto de vista legales y democráticos.
b) Que el cambio propuesto sea, en sí mismo, compatible con los principios democráticos fundamentales.
Como se ve, el tribunal exige que el carácter democrático haya de darse tanto en el proyecto del partido político, como en los medios utilizados para su consecución. Todo ello de manera que «un partido político cuyos responsable incitan a recurrir a la violencia, o proponen un proyecto político que no respete una o varias reglas de la democracia o que persiga su destrucción y el desconocimiento de los derechos y libertades que ella reconoce, no puede prevalerse de la protección del Convenio contra las sanciones impuestas por estos motivos».
El tribunal anota igualmente que, desde esta perspectiva, la ilegalización preventiva es lícita, porque un Estado no puede esperar «a que un partido político se apropie del poder y comience a poner en práctica un proyecto político» incompatible con la democracia, porque su reacción tendría lugar demasiado tarde. Cuando el peligro para la democracia «esté suficientemente demostrado y sea inminente», el Estado podrá disolver el partido que lo genere, antes de que su proyecto político «sea puesto en práctica mediante actos concretos que conlleven un riesgo de comprometer la paz civil y el régimen democrático en el país».
Veamos, en primer lugar, sobre lo que el tribunal sostiene sobre el carácter democrático del proyecto de los partidos ilegalizados. Como hemos visto en el post anterior, en las sentencias sobre el Refah Partisi de Turquía, el tribunal desarrolló un notable esfuerzo argumental para dejar suficientemente demostrado que la existencia de ese partido ponía en peligro -no imaginario, sino real- el modelo democrático y que ese peligro era inminente. Y a tal efecto, tomó en consideración el peso electoral de la formación, sus expectativas, reales de hacerse con el poder en Turquía y el programa -la implantación de la Sharia– que inspiraba su actuación.
En la sentencia sobre Batasuna y Herri Batasuna, todas estas cautelas tuitivas, desaparecen por completo. Y lo hacen, porque es evidente que ni Batasuna ni Herri Batasuna tienen un peso electoral equivalente al que el Refah Partisi tenía en Turquía en el momento de su ilegalización, que era, recuérdese, la primera fuerza a nivel estatal y controlaba la tercera parte de los escaños de la Asamblea Nacional turca, con una sólida perspectiva de expansión. Ni Batasuna ni Herri Batasuna han sido, jamás, la primera fuerza en el conjunto del territorio vasco, y la sola idea de que puedan serlo en el ámbito del Estado español provoca una hilaridad incontenible. El riesgo inminente de que las formaciones ilegalizadas puedan hacerse con el poder, no en un pequeño municipio de Gipuzkoa, sino en las instituciones centrales del Estado que son las únicas desde las que pueden emprenderse las reformas legales y constitucionales que eventualmente pudiesen desfigurar los rasgos democráticos del Estado español, resulta, por tanto, inexistente, en el caso de Batasuna y Herri Batasuna. El peligro, en definitiva, ni existía realmente, ni era inminente.
Por otro lado, el tribunal acumuló, también, muchos datos y reflexiones para declarar la incompatibilidad entre el sistema multijurídico que preconizaba el partido ilegalizado -con aplicación de la Sharia a la comunidad musulmana- y el modelo democrático occidental. En este caso, el tribunal se ahorra igualmente, todo este esfuerzo dialéctico. Y lo hace porque, el proyecto político de Batasuna y Herri Batasuna es desconocido. Su lema es Independentzia eta Sozialismoa. Pero rara vez se encuentran documentos internos destinados a explicitar el contenido de cada uno de los pilares que constituyen este binomio, más allá de frases atractivas y mediáticas que que denostan genéricamente el sistema capitalista y sugieren imprecisos horizontes alternativos que nos liberarían definitivamente del modelo represor vigente. En Euskadi está muy extendida la percepción de que el modelo político y social que se oculta tras la genérica y ambigüa referencia a Sozialismoa se asemeja mucho al que Kim Jong Il mantiene a sangre y fuego en Corea del Norte. Creo que no hace falta citar más ejemplos para entender lo que digo. Y que incluso la consigna Independentzia ha de ser interpretada con arreglo a la pauta dialéctia maoísta, y en un sentido radicalmente distinto, por tanto, al que la cultura burguesa atribuye a la noción de independencia. Es obvio que de ser así, el proyecto preconizado por las formaciones ilegalizadas sería contrario al concepto de «sociedad democrática» que utiliza el Convenio Europeo. Pero el alto tribunal nada dice sobre este particular. Se limita a constatar, desde un sobrecogedor vacío argumental, que el proyecto de las formaciones ilegalizadas -que no analiza, ni examina, ni desmenuza mínimamente- es «contrario en su esencia a los principios democráticos proclamados por la Constitución española» (& 87). y en en uno de sus últimos fundamentos de derecho, concluye su razonamiento, afirmando que el «modelo de sociedad concebido y propugnado por dichos partidos» se encuentra en contradicción «con el concepto de <<sociedad democrática>>».
En definitiva, puede concluirse que el bagaje argumental de la sentencia que comentamos es bastante deficiente -al menos si la comparamos con las que el mismo tribunal dictó en el caso del Refah Partisi de Turquía, inevitable término de referencia en este caso- para dar por demostrado el peligro real e inminente que la existencia de las formaciones ilegalizadas planteaba para la subsistencia del régimen democrático.
Más explícito y claro es el tribunal en lo que se refiere a los medios de los que se servían los partidos ilegalizados para hacer política, un punto que nos lleva, inevitablemente, a sus relaciones con ETA y su actitud ante la condena de la violencia.
En este punto, el altro tribunal europeo selecciona una serie de declaraciones y actuaciones llevadas a cabo por relevantes personalidades de los partidos ilegalizados para concluir que se trata de «comportamientos muy próximos al apoyo explícito a la violencia y de ensalzamiento de personas verdaderamente ligadas al terrorismo». Creo, sinceramente, que el ramillete de eslóganes que el tribunal ha seleccionado para alcanzar dicha conclusión no es el más acertado, porque frases como «borroka da bide bakarra» o «zuek faxistak zarete terroristak» no tienen por qué implicar, necesariamente, una actitud de connivencia o de apoyo al terrorismo. Sí, por el contrario, el grio «Gora ETA militarra» que el tribunal dice que se escuchó durante una manifestación convocada por Batasuna en San Sebastián el 11 de aosto de 2002, a la caabeza de al cual se encontraban los dirigentes de este partido.
En otras ocasiones, el tribunal aporta razones específicas para argumentar por qué las declaraciones de algunos líderes son achacables al partido en su conjunto y recuerda, como medida de garantía, que no pueden aducirse contra un partido las declaraciones hechas por sus líderes si hubieran podido ser objeto de persecución penal y no lo fueron.
En la sentencia sobre Batasuna y Herri Batasuna, nada se dice al respecto, aunque se da por supuesto que el hecho de que las formaciones ilegalizadas no se hayan desmarcado de esas declaraciones, supone implícitamente, que las asumen como propias.
La complicidad con la violencia es, como se ve, severamente sancionada por el TEDH. Lo cual es lógico, en una instancia que procura salvaguardar los principios democráticos. Violencia y democracia son incompatibles. El de los eventuales entendimientos con la práctica del terrorismo es uno de los pocos puntos en los que el tribunal viene exigiendo, inexorablemente, tomas de posición claras y terminantes. Ha llegado a sostener, a este respecto, que el rechazo a condenar la violencia como una actitud de apoyo tácito al terrorismo, justifica, por sí solo, la ilegalización de un partido político, pues «el comportamiento de los hombre públicos engloba de ordinario no sólo acciones o discursos, sino también, en ciertas circunstancias, sus omisiones o silencios, que pueden equivaler a tomas de posición y ser tan elocuentes como cualquier acción de apoyo expreso».
Y sobre estas bases concluye que la ilegalización de Batasuna y Herri Batasuna -que nunca condenan las acciones terroristas de ETA- no vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Esto es lo que hay.
La sentencia es recurrible ante la Gran Sala del TEDH, para lo que las formaciones ilegalizadas disponen de un plazo de tres meses. Que yo sepa, hasta la fecha no han hecho pública su decisión.
La sentencia, como era de prever, no se ha librado de las críticas políticas. Se ha denunciado la incorporación a la sala sentenciadora de un juez ad hoc -Alejandro Saiz Arnaiz- de clara sintonía socialista. Ambas cosas son ciertas. Se ha hecho notar que algunos de sus planteamientos son fácilmente utilizables contra otras formaciones políticas que, sin embargo, nunca padecerán el problema de la ilegalización. También es verdad, hasta cierto punto. Aquel pasaje en el que el tribunal sostiene que «el comportamiento de los hombres públicos engloba de ordinario no sólo sus acciones o discursos, sino también, en ciertas circunstancias, sus omisiones o silencios, puede equivaler a tomar posición y ser tan elocuentes como cualquier acciónd e apoyo expreso», da mucho juego en un territorio en el que la condena del franquismo y sus tropelías constituye una dificultad insuperable para mucha gente y el GAL constituye, todavía, un episodio turbio sobre el que algunos prefieren no pronunciarse. Pero ETA sigue asesinando en pleno siglo XXI y el régimen franquista feneció hace ya algunos años. Y el GAL, afortunadamente, ya no campa por sus respetos.
Tampoco descarto que, como alguien ha denunciado ya, el Estado español haya ejercido sobre el tribunal toda su capacidad de presión para obtener una sentencia favorable a sus tesis. Pero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no es el Tribunal Constitucional. Sus miembros no están elegidos con criterios de afinidad política en Génova y Ferraz. Tampoco es un tribunal programado para actuar por sistema contra los interses de la izquierda radical vasca. Entre sus sentencias puede encontrarse más de una favorable a las demandas interpuestas por personas y grupos procedentes de ese entorno. El tribunal, con sus aciertos y sus errores, viene constituyendo el común denominador jurídico de la conciencia democrática europea. Y me parece francamente complicado el empeño de mancillar su buen nombre por las lagunas que puedan detectarse o intuirse en las sentencias dictadas contra Batasuna y Herri Batasuna.
El TEDH no es infalible ni impermeable al influjo de la política. Antes al contrario, la misión que tiene encomendada reviste una fuerte connotación política y es seguro que sus miembros no son ajenos a la situación en la que se encuentran los Estados de los que proceden las demandas que han de resolver. Pero esta constatación, en el caso que nos ocupa, sólo significa que, en gran parte de la conciencia política europea, el fenómeno de ETA constituye una iniquidad perversa e inadmisible, que carece de la más mínima justificación en el siglo XXI. La sentencia es, probablemente, una expresión jurídica de ese hastío. Un dato a no desdeñar por parte de quienes tenemos que hacer política en Euskadi.
Vamos a esperar a la sentencia que dicte la Gran Sala del TEDH en el recurso que los partidos ilegalizados puedan eventualmente interponer contra la resolución dictada el 30 de junio de este año, algo que -inisto- no sabemos si se producirá. Si el recurso acaba interponiéndose y la Gran Sala corrije a la sección quinta, tendremos ocasión sobre de volver sobre el particular. Pero si ratifica sus postulados, el asunto estará jurídicamente resuelto y sólo nos quedará el terreno para la política, que no es pequeño, pero tiene sus límites. Porque la política, no sólo se hace con grandes principios y postulados. Se hace, también, con realismo y con los pies en el suelo.
Información Bitacoras.com…
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Queridos amigos,
De los «jueces» de Estrasburgo, esos corresponsales de la prestigiosa justicia espanola que no sabrían situar al País Vasco con toda seguridad ninguno de ellos -salvo un poco el francés Costa y el espanol citado- en el mapa de Europa (Erkoreka se suma a ellos en su altanería cuando se percatan de la irrelevancia demográfica vasca en el contexto del Estado espanol: «bah, total, si son unos pocos millares!», «bah, total, algún pequeno municipio de Gipuzkoa», se dicen unos y otro irresponsablemente), no tengo nada que decir.
Han trabajado duro y dictado sentencia en su ortodoxia tuitiva antes de irse de vacaciones. Quien sabe si alguno de ellos las está disfrutando en Mallorca. On egin!
Es evidente que Erkoreka quería hacer coincidir la publicación íntegra de su tratado «Sobre la ilegalización de partidos políticos» con el día quince de agosto -día de Nuestra Senora, sí- el día en el que Carlomagno, esto es, el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos No Vascos (TEDHNV) vigente en 778 (entonces la sede estaba en Aachen-Aquisgrán, la capital franca), ya había querido imponer su autoridad europea sobre el País Vasco sin consultar con los vascos y aplastando su voluntad popular y soberana.
En aquel tiempo arrasaron Iruna-Pamplona, la capital vasca, creyéndose los amos del mundo, simplemente porque el Estado vasco no quería colaborar con sus políticas. Pero los vascos respondieron y ejecutaron al mismísimo Roland, mártir del nacionalismo francés, y aplastaron a las huestes francas tal día como hoy, un 15 de agosto, como nuestro diputado a Cortes por Vizcaya sabe muy bien.
Siguen pretendiendo prohibir a los vascos que se autoorganicen y que luchen por poder hacerlo, igual que sucedió hace doce siglos, por saber esa lucha peligrosa para la seguridad y supervivencia del Estado franco actual y su pequeno aliado, el actual Estado espanol que se creó setecientos annos después sobre la reconquista de tierra a los Estados moros y la conquista a sangre y fuego -otra vez- del Estado vasco, Navarra.
Todos hemos visto los resultados apenas unas semanas después en Burgos o Mallorca con acciones armadas con origen logístico en lo que era territorio de Karlandi. Dónde fue preparada la Mercedes Vitoria verde que fue pintada de blanco? En Estrasburgo, quizás? Cómo hizo ETA para introducir explosivos en la isla de Mallorca desde la Europa gálica?
No hallamos las respuestas en la sentencia de los sesudos jueces de Strasbourg. No son tan importantes ni están para eso. O sí?
D.
Después de seguir tu loable trabajo, me llama poderosamente la atención, más ahora que antes, las palabras de Rubalcaba, cuando afirma que ni condenando la violencia. Creo que es donde se -destapa- que lejos de querer buscar soluciones, el Gobierno de España parece buscar continuar los problemas, en fin, una pura estrategia electoral, bajo mi juicio, por encima del interés general, por encima de buscar avanzar en la compleja situación. No sé tampoco qué se consigue prohibiendo manifestaciones (lo de la simbología ya es más discutible, por lo de ambas sensibilidades). Pero, ¿ qué pasará por la mente de un joven radical después de la embestida policial como la que hemos visto estos días ?
De la obra «Corazón y Mente», me quedé con el mensaje importantísimo, creo, al demostrar los autores que existe carencia de multidisciplina en muchos campos. Así en el libro abordan mismos casos, uno como psiquiatra y otro como cardiólogo, y los dos puntos de vista crean un diagnóstico mucho más enriquecido, certero, completo.
Tal y como se concibe el Derecho, según que país, y la manera en que se llega a la jurisprudencia (en eso, estimado Josu, tú eres una Eminencia y yo una pobre ignorante) simplemente decir que me da qué pensar si no se carecen de más «puntos de vista», de más «contextualización», de más ahondar, «destripar».
¿No crees entonces que, para determinados casos complejos y de gran envergadura muchas sentencias serían más «justas» en el sentido puro del término, si se abordaran desde un punto de vista multidisciplinar?
Muy clarificadora toda la serie. Me quedo con su conclusión: «esta constatación, en el caso que nos ocupa, sólo significa que, en gran parte de la conciencia política europea, el fenómeno de ETA constituye una iniquidad perversa e inadmisible, que carece de la más mínima justificación en el siglo XXI». Para que luego algunos sigan con el raca-raca de la «tibieza» (bueno, ahora les acusan de gastar mucho dinero mientras estuvieron al frente de las instituciones; cosas veredes).
p.s. Señor Erkoreka, que dicen por ahí en otros blogs más institucionales (pero con menos glamour que éste, conste) que es mentira eso de que usted responde a los comentaristas de su blog (sólo les falta decir que las entradas se las escribe el becario).
Salud
No puede ser!!!! ¿ejecutaron a Roldán?
ETA y Al Qaeda en el 778, el quince de Agosto?, no te cortes y pon la hora de la ejecución.
Hay diferencia entre un comic y la Historia, y sobre todo en la de la alta edad media, esa diferencia es la ausencia de FUENTES al realizar el trabajo histórico. El comic está claro que es un género de ficción con una cierta vertiente artística,parte literaria y parte pictórica. Ahí cada uno puede hacer ciencia…ficción, y las fuentes son la imaginación de cada cual. La Historia trata de analizar críticamente las fuentes, transcribirlas y darles un sentido general, contemplando los parámetros cronológicos. Seamos serios, o por lo menos intentémoslo. En el siglo VIII no había estados, y no es una cuestión semántica, no había. Ni el espanhol, ni el franco-francés ni nada parecido en el occidente europeo. Roldán-Roland es una canción de gesta, seguramente inventada en gran parte para el enaltecimiento de Carlomagno, y utilizar esa fuente como si fuera una crónica de un corresponsal de guerra no es una buena opción.
En cuanto a la utilización de las palabras, como sabrás no hay palabras «inocentes» y si relees lo escrito sobre los inexistentes Estados Moros verás que no te importa que la sangre y el fuego los arrasara en contraposición a como calificas lo que hizo «el católico» en el entonces inexistente Estado vasco, navarro.
Aceptar las sentencias del poder judicial, recurrirlas, estar en desacuerdo con ellas es democrático y contribuye a legitimar el ordenamiento de los estados. Sentenciar a los jueces, no aceptar las sentencias, no admitir arbitrajes, nos retrotrae a ese siglo VIII en el que no había estados, y el poder jurisdiccional residía en el que más «cabronadas» era capaz de hacer: el señor, el aristócrata (esos poderes se llamaban fueros). En mi opinión el sennor Erkoreka hace una exposición medida y ecuánime de la cuestión, con argumentos actuales y lógicos. Espero no aburrir a ningún caballo de cartón pero dejemos los anacronismos justificatorios aparte y avancemos hacia el futuro sin representantes medievales sin sennores.
Un saludo a todos y pido perdón si a alguien ofendo.
Las fuentes históricas parecen estar de acuerdo en que en la edad media existían estados como el imperio carolingio, el califato o emirato o taifato o lo que fuera en Espana, y, desde luego, un Estado vasco.
La existencia de un Estado vasco lo probaría la ejecución del generalísimo carolingio Roldán por parte del ejército vasco. Si no es una leyenda, como no parece (la leyenda es que murió luchando por la cristiandad contra los sarracenos de Espana, como me mintieron a mí siendo nino precisamente desde un tebeo hispano), sino un hecho, entonces es lo que sucedió, estimado Lontzo.
Que Le Pen y los pétainistas no acudan a Luzaide o alrededores a celebrar nada -al contrario de como hacen en Roán por Juana de Arco- no significa que no se produjera un hecho histórico que los perdedores no están dispuestos a reconocer ni a celebrar, aunque forme parte de su historia. Como uno simpatiza con la parte vencedora, humildemente subrayaba ese aniversario de índole nacional -como hacía subliminalmente el sr. Erkoreka haciéndolo coincidir su tratado sobre el rifi-rafe de la autoridad jurisdiccional de Estrasburgo con el soberanismo vasco- a sabiendas de que el poder judicial, como todos los demás soberanos, se hallaba en manos del aristócrata de turno, como senalas, en aquel tiempo Carlomagno (desde Aquisgrán, algo más al norte de Estrasburgo).
Un Estado se prueba como tal cuando es capaz de mantener sobre un Territorio una autoridad reconocida por su monopolio coercitivo de la violencia para regular la propia vida de quienes forman su comunidad.
Si dar muerte al célebre Roldán y expulsar a la pretendida autoridad carolingia del lugar que reivindicaba no fue suficiente prueba, qué lo fue o es entonces? El Estado espanol de 2009, incapaz de garantizar el monopolio de la violencia en una pequena isla mediterránea, es más Estado acaso que aquél vasco altomedieval? O lo es por ser capaz de ejercer análogas «cabronadas» (sic) como, entre otras, apalear a unos manifestantes pacíficos en la plaza de la Constitución de San Sebastián un 14 de agosto de 2009? El Consejo de Europa es acaso más Estado que el Imperio Carolingio por tener poder para depositar sobre el hombro de los demandantes procesales vascos la carga de demostrar la falsedad de las acusaciones espanolas? Estrasburgo es capital de algo con más entidad que el territorio del que lo fue Aquisgrán? Tengo mis dudas, y no pretendo ofender a nadie con ello.
Pero, si niegas la existencia de un Estado vasco hacia 1500, Navarra, otra leyenda al parecer, por qué voy a sorprenderme de que consideres a mis palabras culpables o inocentes? Viene a ser lo mismo que sancionan los Senores de Estrasburgo y de Madrid, al final. Menos mal que ya no son «medievales»!
Un saludo,
D. M-L
En España no se ilegalizan partidos políticos. Prueba de ello es que el PNV y Aralar siguen siendo legales. Lo que si se impide es que organizaciones criminales se presenten a elecciones.
Todo es mentira………. ¿Cuándo se unificó España? ¿En 1492? No, en 1512 cuando se conquistó Navarra (resistencia en Amaiur aparte) ¿Por qué se oculta este hecho? Por la misma razón que vemos los despropósitos que estamos viendo. Luego, las Diputaciones, Ayuntamientos, …… Hay muchos intereses creados, quizá la clave es tratar de desmontarlos para que fluya la realidad.
«república bananera», con todos mis respetos, pareces hacer honor a tu nick con lo que escribes.
Mi pretensión, equivocada por lo leido en este blog, era plantear unas bases de discusión objetivas. Las fuentes históricas no «parecen estar…», simplemente existen (la paleografía y la diplomática sirven para su estudio). La palabra «estado» no puede utilizarse para calificar al imperio carolingio de la misma forma que se utiliza para designar a los estados actuales en el siglo XXI ( tal vez sí sean comparables ciertas zonas de por ejemplo: Pakistán, en las que se puede apreciar precisamente la ausencia de estado»). Para hacernos una idea, Carlomagno simplemente era un gran propietario apoyado por otros grandes propietarios terratenientes dentro del universo feudal (División de la tierra y su explotación en: «Reservas senoriales» y «mansos», en el territorio que fue imperio romano).
Pero sobre todo sería interesante situarnos en el tiempo. Sobre un hecho histórico opino que no es objetivo tomar partido de antemano por una de las partes. Sería como apoyar a un personaje de una película en una sala de cine con gritos de «oé, oé….». El hecho histórico y la película no son susceptibles de cambios pese a nuestra «buena voluntad». De todas formas me entusiasma lo de la «ejecución» de uno de los pares de la corte Carolingia. Creo que es un hallazgo histórico al que debieramos tener acceso los lectores de este interesante blog .
Utilizar la historia para crear naciones (idea del trienio liberal,1820-1823) no ha dado buenos resultados, al ejemplo me remito
Lo importante es que podamos ejercer nuestros derechos ciudadanos, que en la actualidad parece un objetivo difícil. La legitimidad a asociarnos políticamente la damos nosotros en el ejercicio de nuestra libertad para pensar y para decidir, y creo que interpretaciones históricas interesadas no nos hacen sino entrar en bucles mil veces repetidos.
No intento polemizar sino comunicarme, sr. Martínez-Labegerie, y necesito utilizar un mismo lenguaje ya que de lo contrario nuestras ideas no tendrán destino alguno al expresarlas.
P.D. Sobre la demostración que propone al comienzo de su anterior escrito, señor Martínez-Labegerie, en la que apoya la existencia de un estado Vasco medieval en la ejecución de Roland (mi opinión personal, que no histórica, del personaje, es que tiene la misma inspiración legendaria que el rey Arturo), podría aportar una cita o bibliografía para poder consultarla.
P.P.D. Seguramente por mi torpeza sintáctica no dejé claro que opino sobre la inexistencia de «estado»,
no entro en el calificativo de: navarro, vasco, evreuxiano, champagnero, francés, aragonés, agramontés, beamontés, etc. (los propietarios de la «finca» eran franceses o casi). De la misma forma no opino sobre quién mandaba en el reino, que no condado, de Pamplona a finales del siglo VIII, si eran los Arista, sus parientes de la ribera los Banu Qasi, el conde de antecedentes visigóticos Casi y sus descendientes que debían ser los mismos que los Banu Qasi posteriormente convertidos a la fe de Mahoma, un tal Mutarrif , musulmán, o Amrús ,»comisario político-militar» de los cordobeses, o los mismos carolíngios que sí está documentado que estaban a principios del siglo IX controlando Pamplona.
Todas las fuentes históricas y de todo tipo parecen indicarnos que Ekaterimburgo se halla en algún lugar de Rusia. Lontzo, querido amigo, es tan correcto hablar así como decir que Ekaterimburgo existe. Sin embargo, puesto que tu estilo es más simple, retiro lo escrito y me adapto a él con el fin de poder comunicarme sin la interferencia que para ti supone la literatura. Así pues, olvida lo que te escribí y léeme ahora. Lee mis labios, por favor:
1. Las fuentes históricas diplomáticas (no sé si incluso paleográficas) nos conducen al hecho de que Roldán fue ejecutado en algún lugar del Pirineo occidental por un ejército vasco, probablemente el 15 de agosto de 778. No estoy para hacer de profesor de nadie. El que sabe sabe y el que no, como tú reconoces hacer en tu post, se dedica a «opinar». Ponte a estudiar!
2. La palabra estado puede utilizarse del mismo modo para Estados Unidos que para Andorra, para Eslovaquia que para el Imperio Carolingio. Yo lo hago. Y como yo todo el mundo (con tu excepción) desde Sócrates o Platón hasta Otegi. Tú mismo finalmente aceptas comparar a Pakistán con un Estado de otro tiempo por la circunstancia de no mandar lo que tu consideras suficiente sobre «sus» montes del nordeste. Por qué entonces te cuesta tanto aceptar mi analogía con Espana y su isla de Mallorca o el País Vasco bajo su administración? O por qué no lo mismo con respecto a Francia, plataforma logística privilegiada y necesaria sine qua non -por mucho que digan lo contrario- para quienes con tanta contumacia persiguen el objetivo de la restauración del Estado vasco?
Con todo, si no lograste entender el mensaje que trasmito jugando con los acontecimientos históricos y con el estudio jurídico (no exento de salpicones políticos dignos de un meeting en las campas de Salburua zurrando a los denunciantes del proceso) del jeltzale Erkoreka sobre la astracanada del TEDHNV, si realmente crees que soy un pobre imbécil que por ejemplo no usaba la ironía al escribir algo como «las fuentes históricas parecen estar…», de poco te habrá servido prestar atención a mis labios.
Pero lo capital no estaba dicho con adornos, pues no es para bromas. Lo repito:
«Un Estado se prueba como tal cuando es capaz de mantener sobre un Territorio una autoridad reconocida por su monopolio coercitivo de la violencia para regular la propia vida de quienes forman su comunidad.»
No es eso lo que reconocen muchos que es capaz de hacer ETA cuando hablan de «la dictadura del terror», por ejemplo? Los números al mando del funcionario gallego Ares tienen más autoridad que ETA en Euskadi por apalear mujeres de 60 annos en el Boulevard de San Sebastián a la luz del día (eso sí, enmascarados)?
Hasta ahora no había oído la difícil pretensión de leer los labios a través de un documento escrito, tal vez sea una figura poética incomprensible para mi mente, falta de mordacidad e ironía, o tal vez lo perciba como una “sutil e irónica” amenaza.
(I)El amor a la cultura
Las descalificaciones descalifican a su autor, es mi percepción, de todas formas agradezco el consejo sobre el estudio, lo llevo practicando desde hace muchos años.
Esta práctica me permite recordar a los lectores de este blog que Diplomática es una disciplina que propone comprobar la autenticidad de los documentos históricos (ejemplo la falsa donación de Constantino, famosa falsificación papal que tiene también que ver con la legitimidad..) y la Paleografía trata del estudio de los tipos de escrituras antiguas , utilizar “todo junto”: “fuentes históricas diplomáticas…” denota seguramente… pero no… seguramente “no percibo la ironía”.
Siguiendo con esa línea mordaz, esperaba un documento del tipo: “a las 3:45 p.m. del día 15 de agosto del año 778 (aplicado ya el ajuste gregoriano) varios soldados de los grupos de intervención rápida del ejército nacional, actuando en defensa del sagrado deber de mantener la seguridad dentro de las fronteras (… bueno de las que sean, tampoco es importante semejante nimiedad) dieron muerte sumaria a un agente del espionaje de una potencia extranjera llamado Orlando Furioso** (según nos informa Ludovico Ariosto [siglo XVI]), que infiltrado en un comando junto con otros 23 elementos del aparato estatal enemigo, pretendía…” (Fuente: Portavoz de la Consejería del ejército nacional vasco del siglo VIII)
(II) El odio a la cultura
Los cristianos que quemaron la biblioteca de Alejandría (ciudad geográficamente situada en el norte de África y en la que hace sin duda más calor que en las ciudades ubicadas geográficamente más al norte como por ejemplo la antes llamada Sverdlovsk) seguro que no eran imbéciles, pero tampoco los veo derrochando ironía, al menos en el momento de prender las antorchas. Se creían estar en posesión de la verdad (y siguen). Cuando “todos “ piensan del mismo modo no sé por qué pero : ¡qué miedo!. Utilizar la cultura para obtener objetivos político-militares no es científico aunque sí humano, demasiado humano. (cita irónico-literaria).
P.D. Abundando en mi cortedad, al leer lo de la “pequenna isla del Mediterráneo” había pensado en la de Perejil, que falta de visión histórica…
** Orlando, Roland, Rolando, Roldán son diferentes nombres para un mismo personaje, protagonista de innumerables libros de caballerías, de los que con ironía alguien (antiguo prisionero político del Estado Argelino) en el siglo XVII ya los descalificaba en su conjunto.
Un saludo a todos y gracias por todo.
Pues sí, me habías tomado por un pobre imbécil, definitivamente. Tu erre que erre diplomático lo confirma. Cómo dices que era eso de la descalificación…?
Como ya no sé si es historia o es leyenda lo de que Roldán fue ejecutado por los vascos, vamos a quedarnos con lo segundo, por aquéllo de ponernos de acuerdo. En nada afecta a mi alegoría inicial, al fin y al cabo. Lo que me interesaba era el fondo, el significado de la sentencia de Estrasburgo según mi interpretación, no un tratado historiográfico sobre Carlomagno y sus supuestas huestes. Al menos a alguien le divirtió (probablemente la mayoría, incluso el propio titular del Blog, habrán bostezado, todo hay que decirlo), así que te felicito por ello.
Con respecto al tamano de Mallorca (otra anécdota como la del caballero medieval, pero por alguna razón de nuevo lo relevante para ti), bien, puede que tengas razón, que tampoco sea tan pequena en relación a sus vecinas pitiusas (aunque yo hablaba del Mediterráneo todo), pero no me dirás que el circo del ministro «del Interior» espanol («-no sabemos si están en la isla todavía o si ya no están», días antes de que le exploten otras 4 bombas) ridiculizado absolutamente por ETA, la insurgencia armada vasca actual, no me faculta para decir que el Estado espanol NO CONTROLA lo que dice controlar en una cuestión definitoria de un Estado que se precie, verdad, Lontzo? Estamos ante un Estado fallido, quizás? Yo percibo que sí, humildemente.
PD: Tienes suerte de no tener que estudiar más, no?
No solamente es un estado fallido, lleva fallando siglos, (suponiendo que en algún momento se haya concretado). Existe en la actualidad una separación entre sociedad civil y estado en diferentes territorios de la península ibérica.
Lo que sucede y relatas en tus misivas figura todos los días en la prensa.¿Cómo voy a estar en desacuerdo si de lo que hablamos es de los hechos que nos llegan a través de los periódicos? El problema se inicia cuando «todos» pensamos «lo mismo». (o «existen» solamente 2 formas de verlo, enfrentadas…o aunque fueran 3 posturas solamente…). ¿Como consiguen que nos adscribamos a una de esas posturas?
Un ejemplo: si te dicen que en el próximo minuto y medio NO PIENSES EN UN ELEFANTE GRIS, eres capaz de hacerlo?
Se dirige nuestro pensamiento mediante la manipulación del lenguaje y el pensamiento, hasta ir en contra de nuestros propios intereses (es una tesis económica de Daniel Kahnema) p.ej.:pobres votando opciones de la oligarquía económica.
Cómo se consigue esto: haciéndonos tener unos mismos «valores» y procurándonos una misma «identidad».
En lo «anecdótico» tengo tu misma opinión, que es lo que nos dicen que sucede, en fin, seguiré estudiando, lo tengo todo por conocer.
Salud.
Kaixo Josu.
Gracias por el esfuerzo de redacción de estos 7 post’s.
A mi, lo que es, no me han aportado nada nuevo. Los 5 primeros transitan por terreno más que conocido, el sexto es una pirueta y ¡ale hop! el 7º cierra la serie comentando una vez más lo ya ampliamente comentado.
Has estado muy bien: mucho de jurista, bastante de político «oficial» y unas gotas de comentarista político.
Pero tienes más balas en el cinturón forastero.
¡Dáles fuego! (artillero…;)
De todas maneras, gracias por la serie.
Beñat
A mi entender, Josu, queda faltando el mejor y más interesante capítulo de la serie: el 8º. Aquel en el que nos propongas a tus lectores (entre los cuales me encuentro) una reflexión del impacto de la susodicha sentencia en el quehacer político vasco.
Y es que, creo, lo interesante del tema no son los antecedentes que han llevado al TEDH a emitirla (acontecimientos de sobra conocidos por cualquier seguidor de la política vasca) sino lo que supone de quiebra de una estrategia, tanto de la IA «Batasuna» como del mundo político nacionalista.
¿0 no?
Un saludo
Me lo tendré que volver a leer ;).
Aunque a muchos creo que nos pasa con la ilegalización de la ley de partidos como con otras muchas cosas,porque¿ hay alguien que aún cree en la justicia?,como un juez va a ser neutral cuando es un partido el que lo propone y vota para ponerlo en el puesto que al partido le interesa para que a la hora de votar sea afin a sus postulados,esto es como Eurovisión que normalmente ya se sabe de antemano que vota cada uno.
He leido en un post que en el Tribuna de Estrabusrgo que dicto sentencia a favor de la ilegalizacion de los que todos sabemos, se encontraba un juez español, miembro del Foro de Ermua, puesto expresamente por el Gobierno Español, y que por tal motivo, el periodico francés Liberation, pide el revocamiento de la sentencia ya que entiende que este juez deberia haberse abstenido por sus connotaciones.
Parece ser que la sentencia es una copia del pensamiento del citado Foro
Podrias ampliar dicha informacion??
Jo. Menos mal que he llegado al último comentario porque me empezaba a aburrir. Solo queria decir que, a diferencia de Daniel, he esperado hasta el último post para hacer mi valoración final y es muy sencilla.
¡ VIVA LA HIPOCRESIA POLÍTICA!.
Saludos
Todavía no alcanzo a comprender cómo Donatien y lontzo han podido enzarzarse en un debate complejo y necesariamente incompleto a raíz de un comentario del primero que no sólo era perfectamente previsible, sino que no debió sorprender a nadie desde el momento en el que introdujo en el post anterior a este, una toma de posición tan clara como terminante en relación con el asunto resuelto por el Tribunal de Strasburgo. Que a Donatien no iba a gustarle el desenlace final del culebrón se podía anticipar sin dificultad 48 horas antes. Y q
Perdón por el salto de página, pero aquí sigo. Si me permitís la observación, el debate me ha traído a la memoria las deliberaciones que el consejo de doctores hacía en la zarzuela titulada «El Rey que rabió». Debatían sobre si el perro que mordió al monarca estaba o no hidrófobo, pero desconocían un dato esencial: No era al monarca al que había mordido el can que analizaban.
Aquí ocurría algo similar. Donatien ha querido dotar a este último post de un significado -vinculado a la fecha en la que asegura que he querido concluir la serie- del que carece en absoluto. Ni estaba calculado hacer coincidir la conclusión de la serie para el día 15 de agosto, ni creo que puedan sugerirse paralelismos válidos entre la batalla de Orreaga -con todas sus nebulosas legendarias- y la sentencia del Tribunal de Strasburgo sobre el caso Batasuna.
Unicornio, que ladren, porque eso significa que cabalgamos. Es verdad que otros no escriben ni una sola letra en los blogs de su titularidad. Pero te puedo asegurar que en este, lo que aparece a mi nombre lo escribo todo yo. Desde la cruz, hasta la firma.
Kaixo, Rubalcaba dice lo de que «ni condenando la violencia serán legalizados» porque, como todos los medios han filtrado durante el mes de julio, parece que la IA está sumida -bajo el patrocinio de ETA- en una estrategia según la cual, una próxima tregua podría verse sucedida por un gesto táctico de algunos líderes de Batasuna, desmarcándose de la violencia. Gesto táctico, porque sólo perseguiría reiniciar conversaciones con el Gobierno semejantes a las que tuvieron lugar en la época de Loiola. Les advierte de que no conseguirán engañar a nadie. ¿Bien? ¿Mal? Que cada uno piense lo que quiera. Lo que está claro es que el Tribunal Constitucional ha dicho que la condena explícita de ETA sería el «Contraindicio» capaz de desbaratar los indicios que apuntan en el sentido de que el nuevo partido sería continuación fraudulenta de los previamente ilegalizados.
República bananera, las organizaciones criminales, si realmente lo son, y se puede probar que lo son en un proceso penal tramitado con todas las garantías -en un juicio justo- se ilegalizan y se encarcela a todos sus miembros. Dirigentes y militantes. Pero aquí, los militantes están en la calle. Libres y sin imputación alguna. ¿No te parece que algo no casa?
Beñat, ya lo siento. Pero la serie de post no era para gente como tú que está al cabo de la calle de todo lo que antecede y sucede a la ilegalización de Batasuna y adláteres. Hay mucha gente que ha acogido con gusto el trabajo. Me lo han agradecido en el foro y -sobre todo- fuera de él. A tí no te ha dicho nada. No te ha aportado nada. Como supongo que tampoco te habrán aportado nada los comentarios que Iñaki Iriondo hizo en Gara -perfectamente previsibles, también- las declaraciones que Otegi hizo en rueda de prensa y el artículo de opinión de Díez Usabiaga publicó el 4 de julio. Sus argumentos son demasiado conocidos: EL TEDH está en la línea ultraconservadora de Bush, que antepone la seguridad a la libertad, y no resuelve nada. Vale. La democracia somos nosotros y lo que se opone a lo que representamos es rigurosamente antidemocrático. Y el TEDH, que más de una vez nos ha dado la razón -¿citamos los casos en los que ha dictado sentencias favorables a demandas interpuestas por militantes conocidos de Batasuna?- se ha convertido de la noche a la mañana en un mercenario del capitalismo imperialista internacional.
¡Claro que falta una última entrega! ¡La octava! Pero con estas actitudes, francamente, no la veo. El paraguas de la violencia, que ETA se emperra en mantener, no ofrece cobijo agradable para muchos abertzales. En política es bueno soñar, pero no actuar exclusivamente a base de sueños.
Marka, la seria no es para ser leída de un tirón. Mejor poco o poco y con descansos largos.
Izasjon, sí había un juez español, pero no me consta que sea miembro del Foro Ermua. Nunca ha sido nacionalista vasco, pero me extrañaría mucho que fuera miembro de esa organización.
Manuel, ¡Viva!
Izasjon,
Bueno, Josu, básicamente era un juego.
Por lo demás, recuerda las propias palabras de Otegi de valoración: una auténtica tragedia. Y es la verdad. Tres muertos y un cuartel en demolición son parte de los frutos de la sesuda astracanada del TEDHNV.
Eso es eficacia judicial.
!!!Lo encontré¡¡¡
Como continuación a mi anterior email. al juez al que me referia, integrante del tribunal de Estrasburgo, y ponente de la sentencia de ilegalizacion es colaborador del Foro de Ermua, y del PSOE, de Getxo para mas señas y su nombre es: Alejandro Saiz Arnaiz
este es el currículo
http://www.psoe.es/ambito/institucional/news/index.do?action=View&id=61302
Y el Acuerdo del Consejo de Ministros
· Acuerdos Consejo Ministros 4 abril 2008 1.- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la designación de D. JOSÉ ALEJANDRO SAIZ ARNAIZ como Juez «ad hoc» para el conocimiento de determinados asuntos en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 2.- ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con el Real Decreto 1/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal y con la Orden JUS/447/2008, de 15 de febrero, por la que se convocan plazas de Abogados Fiscales sustitutos correspondientes al Año Judicial 2008-2009.
http://www.coseju.com/actajudicial/continguts.php?id=3981
Quienes ilegalizan?? los jueces?? o sus padrinos??.
No había yo caído hasta que lo he leído hoy en la vineta de Gara.net (aunque estoy seguro que Erkoreka sí lo había hecho, aunque callara como un mudo); qué es Ares sino…:
«En la mitología griega, Ares (en griego antiguo Ἄρης Arês o Ἄρεως Areôs, ‘conflicto bélico’) se considera el dios olímpico de la guerra, aunque es más bien la personificación de la fuerza bruta y la violencia, así como del tumulto, confusión y horrores de las batallas,[1] en contraposición a su hermanastra Atenea, que representa la meditación y sabiduría en los asuntos de la guerra y protege a los hombres y sus habitaciones de sus estragos.»
Claro que era previsible, ya que viene en Gara. Aunque tenga 2500 annos de edad. Gara prevé el pasado, según Erkoreka.
Que sí, Izasjon, yo le conozco personalmente -aunque hace muchho tiempo que no he tratado con él- y sabía que no es nacionalista (vasco) y que se sitúa en el entorno del PSOE. Creo que lo ponía en el post principal: «de clara sintonía socialista»Lo que pongo en duda es que sea del Foro Ermua. Nunca le he visto por esos lares y no me lo imagino. Pero nunca se sabe, claro…
Perdona, Donatien, pero no acabo de entender lo de mis tesis sobre la capacidad de Gara para predecir el pasado. Sobre el particular, sólo puedo decir que, según una máxima popular muy extendida entre los resistentes de la Cuba de Castro, en Cuba, uno nadie sabe el pasado que le espera. Y en Euskadi, sin duda alguna, el medio escrito más cercano a las tesis de Castro es Gara.
Sin duda. Del mismo modo el más cercano a las tesis de Micheletti es El Correo, El Diario y el otro Diario, seguidos de Deia.
Vale lo mismo para Batista.