En el debate sobre la compatibilidad entre la democracia y la ilegalización de partidos políticos, el Convenio Europeo de los Derechos Humanos toma partido a favor de la posición favorable. Guste o no, es así. Su artículo 11 establece con claridad que el derecho de asociación puede, excepcionalmente, ser menoscabado por los poderes públicos, con el fin de preservar determinados valores que se consideran esenciales para la subsistencia del sistema democrático.

Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
En efecto, el apartado primero de este artículo reconoce y proclama la libertad de asociación -que incluye el derecho a fundar partidos políticos, integrarse en ellos y procurar su funcionamiento ordinario- pero acota, en su apartado segundo, las condiciones en las que podrá ser restringida por parte de las autoridades de un Estado parte del Convenio. Este derecho, precisa la norma,
«no podrá ser objeto de más restricciones que aquéllas que, previstas por la ley, constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral o la protección de los derechos y libertades ajenos»
Sobre estas bases normativas, bastante amplias, ciertamente, el alto tribunal europeo viene sosteniendo durante los últimos años que, los poderes públicos pueden limitar el ejercicio del derecho de asociación, mediante injerencias que sólo estarán justificadas cuando cumplan el triple requisito de:
a) Estar previstas en la ley
b) Pretender uno de los fines previstos en la citada norma
c) Resulta imperiosamente necesarias para preservar la continuidad y la supervivencia de una sociedad democrática.
Así pues, el Tribunal de Estrasburgo permite ilegalizar partidos políticos cuando ello resulte indispensable para liberar el régimen democrático del riesgo de acabar desfigurado o destruido como consecuencia de la actuación desarrollada por las formaciones ilegalizadas. Se trata, por tanto, de una ilegalización defensiva, a través de la cual, los poderes públicos habrían de resolver el dilema que se les plantea cuando se ven obligados a optar entre tolerar el libre funcionamiento de un partido político cuya trayectoria apunta, inequívocamente, hacia la desfiguración del régimen democrático, o asumir la restricción antipluralista que supone su eliminación del campo de juego, con el objetivo último de salvar el propio sistema. Para que la ilegalización sea válida y legítima, tiene que darse una situación extrema que obligue a elegir entre la supervivencia del partido o la del régimen democrático; una coyuntura excepcional que fuerce a optar entre la parte y el todo. El alto tribunal postula en este sentido que un Estado «puede razonablemente impedir la realización de un proyecto político incompatible con las normas del Convenio, antes de que sea puesto en práctica mediante actos concretos que conlleven un riesgo de comprometer la paz civil y el régimen democrático del país».
Pues bien, de entre los tres requisitos que, a juicio del tribunal, han de concurrir para que la ilegalización no vulnere el derecho de asociación, interesa, sobre todo, el tercero, que es, a la vez, el más relevante y el más controvertido. ¿Cuándo puede considerarse que una injerencia en el derecho de asociación tan grave y extrema como la de ilegalizar un partido político, puede considerarse «necesaria», en una sociedad democrática para garantizar su subsistencia?
Para responder a esta pregunta, resulta necesario ponderar cuidadosamente todas las circunstancias concurrentes en cada caso, a efectos de calibrar si, realmente, nos encontramos ante una decisión que no tiene alternativa razonable.
El tribunal viene postulando a este respecto que el adjetivo «necesaria» del artículo 11-2 del Convenio ha de ser interpretada restrictivamente, en el sentido de «necesidad social imperiosa», de tal manera que «únicamente razones convincentes e imperativas pueden justificar restricciones de la liberad de asociación». Además, la medida ha de ser «proporcionada» al fin perseguido. En definitiva, sólo cuando el programa o la actuación de un partido político pongan en peligro -cierto y real- la naturaleza democrática de la sociedad en la que se inserta, resulta legítimo adoptar una decisión tan «radical» y «traumática» -las expresiones son del propio tribunal- como la de disolver un partido político.
Como se ve, el Tribunal de Estrasburgo no es, precisamente, un coladero en el ámbito de la ilegalización de partidos políticos. En la gran mayoría de los asuntos de este tipo que han llegado a su conocimiento -muchos de ellos, por cierto, provocados por ilegalizaciones de partidos políticos llevadas a cabo en Turquía- ha declarado que la ilegalización decretada por el Estado correspondiente, vulneraba el Convenio Europeo de los Derechos Humanos. El criterio con el que opera es, pues, garantista y extremadamente restrictivo.
Durante la tramitación parlamentaria de la Ley de Partidos Políticos, me tomé el trabajo de examinar exhaustivamente las sentencias dictadas en la materia por el tribunal y pude constatar que, tan sólo en un caso había considerado que la ilegalización resultaba «necesaria» y «proporcionada» para la preservación del sistema democrático. Fue en el caso del Partido de la Prosperidad de Turquía (Refah Partisi y otros contra Turquía, sentencia de 31 de julio de 2001). En aquella excepcional resolución, el tribunal consideró que el carácter «necesario» de la ilegalización derivaba de dos elementos básicos:
a) El objetivo del partido ilegalizado -un partido de inspiración islámica- era imponer al conjunto de la sociedad la Sharia o ley islámica, un sistema normativo cuyos dictados -empezando por la situación subordinada que confiere a la mujer- conforman un régimen radicalmente incompatible con los principios democráticos, tal y como han sido definidos por la cultura occidental.
b) Este objetivo no era «ni ilusorio, ni teórico, sino realizable», dada la fuerza electoral que acompañaba a la formación ilegalizada, «y sus posibilidades de acceder al poder, única posibilidad para un partido político de poner en obra sus promesas». A tal efecto, el tribunal recuerda que, en el momento de su disolución, el Partido de la Prosperidad contaba nada menos que con 157 diputados en la Asamblea Nacional, lo que representaba la tercera parte de sus escaños. La «necesidad» de la medida era, pues, evidente, si se quería preservar el régimen democrático de su progresivo deterioro. Si el Partido de la Prosperidad accedía al poder -y las urnas estaban punto de permitírselo- iba a implementar un programa de Gobierno que entraba en abierta contradicción con algunas de las principales señas de identidad del modelo democrático. El programa ortodoxamente islamista del partido y su importante implantación electoral hacían, pues, que el riesgo de destrucción del sistema democrático fuese real y no una simple quimera.
Con posterioridad, el tribunal ha vuelto a conocer en varias ocasiones, asuntos relacionados con la ilegación de partidos políticos. En una de ellas, por cierto, constituido como Gran Cámara, para examinar el recurso intepuesto por el mismo Partido de la Prosperidad contra la sentencia del propio tribunal que declaraba lícita su ilegalización. Se trata de la sentencia de 13 de febrero de 2003 (Refah Partisi y otros); y constituye la segunda ocasión, de toda su dilatada historia, en la que la alta instancia judicial europea ha venido a validar la ilegalización de un partido político acordada por un Estado.
En la primera sentencia sobre la ilegalización del Refah Partisi, el tribunal estuvo dividido. Cuatro magistrados votaron a favor de la disolución y tres en contra. En esta otra, sin embargo, el tribunal ratificó su pronunciamiento anterior por unanimidad. La posición favorable a la ilegalización, como se puede ver, fue ganando adeptos en el seno del órgano judicial.
¿Cuales fueron sus posiciones?
En lo esencial, como veremos, el razonamiento del tribunal no difiere, en esta segunda sentencia, del que sirvió de base para avalar la ilegalización del Refah Partisi en la sentencia de 31 de julio de 2001. Muy resumidamente, es el siguiente:
El tribunal destaca, en primer lugar, la fuerza electoral que tenía el partido ilegalizado en el momento de quedar al margen de la ley. En los comicios de 1995 había llegado a ser el primer partido del país, con un total de 158 escaños sobre el total de 450 que conforman el Parlamento turco. En 1996 accedió al poder mediante un gobierno de coalición con el partido de la Justa Vía de orientación centro-derecha. Pero su respaldo popular seguía una progresión ascendente. Según un sondeo de opinión que se publlicó en 1997, si en ese momento hubiesen celebrado elecciones el Refah hubiese obtenido el 38% de los votos; un porcentaje que, cuatro años más tarde, podía haberse elevado hasta el 60%. En segundo lugar, analiza su inequívoca apuesta por la implanación de la Sharia. Una norma incompatible, como hemos dicho, con la democracia. Y en tercer término, el tribunal sostiene que el uso ambigüo que el partido hace del concepto de Yihad, o guerra santa, parece legitimar el recurso a la fuerza con la finalidad de superar los obstáculos que impiden el acceso al poder y para mantenerse en el mismo.
Con estos datos sobre la mesa, el tribunal hace una ponderación global de los bienes, valores e intereses en juego, que le lleva a considerar legítima y no contraria al derecho de asociación, la ilegalización de este partido. El tribunal defiende la existencia de una necesidad social imperiosa que justifica su disolución, ya que tanto el proyecto -la Sharia– como los medios -la Yihad– que preconiza el partido, son contrarios a a la concepción de una sociedad democrática, poniendo enpeligro esa misma democracia por las posibilidades reales que tiene de acceder al poder. La medida, es, pues, -a juicio del tribunal- justificada y proporcionada.
Con estos antecedentes llegamos a la sentencia de 30 de junio de 2009 (Herri Batasuna y Batasuna contra España) que resuelve los recursos interpuestos por estas formaciones contra su ilegalización. Pero este post se ha hecho ya demasiado largo para una jornada de verano y, ese asunto, con la aquiescencia de los lectores, lo dejaremos para la siguiente entrega.
Información Bitacoras.com…
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Mila Esker.
Estoy enganchado!
Erkoreka está jugando con nosotros al suspense… Cómo acabará? Ni siquiera dice que la próxima entrega vaya o no a ser la del triste o feliz final!
Será TRISTE el final si HB y Batasuna pierden su recurso contra el Reino de Espana? …
No olvidemos que eso querrá decir que el Estado hispano (su gobierno, su legislativo, sus jueces) se verá forzado, por estar más legitimado formalmente, a continuar en la espiral de violencia política, de acción vs. represión, en su eterna partida contra ETA, medio siglo después y con los resultados que hemos visto estos días -nosotros que vemos el futuro- tan lamentables.
Por primera vez alguien o algo que no es Espana, sino otro ente, supraestatal por anadidura, no un extrano companero político eventual de cama interesado, apoyaría, de ser cierto que la Izquierda Abertzale perdiere el juicio, la estrategia de la represión y la aniquilación del independentismo vasco por todos los medios. La trascendencia es considerable si recordamos que sólo Pinochet de Chile y Grimaldi de Mónaco acudieron al funeral de Franco Bahamonde, que hubo un tiempo en que todos los demás Estado daban la espalda -cuando no retiraban sus embajadores- al Estado espanol por su forma de afrontar la insurgencia armada vasca (acaso una bomba no es una bomba en 1973 igual que en 2009?); que la República Francesa incluso toleró a ETA en la práctica al menos hasta mediados de los 80′, y que hasta hoy los medios de comunicación internacionales y su opinión lectora no admiten el simplón concepto de «banda terrorista» para ETA y ni mucho menos para el asociacionismo vasco independentista en el que se fundamentaría una sentencia de desestimación.
Será FELIZ el final si HB y Batasuna pierden su recurso contra el Reino de Espana? … …
Si tenemos en cuenta que el único fundamento de derecho -el Convenio- es indefectiblemente la incompatibilidad de la existencia de HB y/o Batasuna (la Izquierda Abertzale) con el Estado establecido hispano por el riesgo que supone para la continuidad, para la propia existencia del Reino de Espana de acuerdo con sus bases constitucionales, entonces de ser así el Tribunal supraestatal de Estrasburgo estará reconociendo, de hecho y de derecho, la fabulosa fortaleza de ese movimiento patriótico progresista vasco, capaz de amenazar la propia supervivencia de Espana tal como se conoce, como el miembro del Consejo de Europa que financia y del que forma parte como órgano judicial -y por ende independiente por principio, naturalmente, como no podía ser de otor modo ni de otra manera- el propio Tribunal de los Derechos del Hombre alsaciano.
Así:
Desde un punto de vista humano, será un final triste la desestimación, por las vidas que podían haber sido salvadas, sin ir más lejos (como bien sabemos nosotros, que prevemos el futuro), pero desde una perspectiva política, la confirmación de la represión y del conflicto político y armado consecuente como necesarios para Espana si desea mantener su estatus quo (con su integridad territorial actual), será un feliz final para sus objetivos políticos últimos y fundamentales.
Leamos, pues, la entrega número 7, en la que conoceremos cómo actuarán los abogados y, si tenemos suerte, la sentencia.
P.D.:
Debe de haber un error en la fecha del «31 de julio de 1931» en la que se habla de cierta sentencia sobre Turquía (pero en fin, también lo había cuando en la entrega número 5 el diputado Erkoreka nos diferenciaba una «comunidad autónoma vasca» de otra «foral de Navarra», como si la de Navarra no fuera una comunidad autónoma vasca y la otra, que presumo era la del «País Vasco», no fuera cúbicamente foral; no mentía pero lo parecía).
Gabon,
D.
Oso ondo Josu. Zein ondo azaldu dozu kulebroia.
Me surge una duda: Cada vez que el Tribunal Constitucional echa para atrás alguna ley aprobada en el Parlamento por ser contraria o incompatible con los principios y/o valores contenidos en la Constitución, ¿hemos de entender que los grupos parlamentarios que la apoyaron actuaron contra la democracia?
Por ejemplo. En tanto el PP pretendía, con o sin el PSOE y los demás grupos en virtud de su mayoría absoluta, aprobar una Ley de Partidos Políticos de marcado caracter antidemocrático, ¿no se estaría posicionando como un partido que amenaza la democracia? Y no es que hubiese una posibilidad de que accediese al poder y desarrollase su programa; es que ya estaba en el poder y tenía mayoría absoluta para desarrollarlo con total libertad.
Es decir, ¿actúan las leyes que permiten la ilegalización de partidos antes incluso de que el Tribunal Constitucional haya declarado que tales programas y las posibles leyes que los concreten y realicen sean realmente contrarios a la Constitución? ¿No se parece un poco a Minority Report? ¿Se condena al partido por lo que sus miembros pudiesen hacer en el futuro? ¿No sería más correcta la vía de rechazar las leyes contrarias a la constitución y, después, si cabe, ilegalizar al partido?
A mi me parece que todo este asunto de la ilegalización de partidos está cogida muy por los pelos. Se pone la venda antes de la herida, imponiendo una gravísima sanción que coarta derechos fundamentales en una democracia como lo son el derecho de asociación o la libertad de opinión de forma preventiva y antes incluso de la comisión de cualquier «posible delito».
Y, por supuesto, estas ilegalizaciones nunca caen sobre el partido que gobierna (lo cual por otra parte me parece imposible, pues es este o estos quienes deciden como, a quien y cuando), sino siempre sobre el que molesta al que gobierna.
Y, además, la última palabra queda en manos de un tribunal formado por miembros propuestos precisamente por los partidos gobernantes y en los que, a juzgar por lo anteriormente expuesto, no hay demasiada confianza (de lo contrario dejarían que estos se ocuparan de las leyes contrarias a los principios democráticos).
No se ilegaliza al partido gobernante de Berlusconi o Aznar, por más que estos puedan ser perjudiciales para las respectivas democracias. Son estos, precismante, quienes deciden a quién y cuando se ha de ilegalizar.
No se está planteando, pues, de ningún modo, una herramienta del estado o de la sociedad para defenderse de aquellos que puedan amenazar los pilares democráticos en los que se asienta, sino, más bien, como una herramienta al servicio de las mayorías gobernantes para ser ejercida de forma relativamente arbitraria y a conveniencia.
Yo me los he volcado a papel y llevado a la playa para leerlos! Vaya lujo de entregas 🙂 … Espero que alguien «de peso» también lo siga con interés.
Al releer lo que he escrito, me doy cuenta de que es un tochazo, así que podría resumirlo en que me parece una contradicción la ilegalización de un partido porque su hipotética actividad futura puede hipotéticamente dañar la democracia cuando la efectiva ilegalización actual sí que supone, se mire por donde se mire, un menoscabo de las libertardes básicas de la democracia.
Y, ya que estoy, resumo también a Donatien Martinez-Labegerie: ETA y HB-Batasuna (única izquierda abertzale porque todos sabemos que Aralar no lo es) son los únicos agentes auténticamente independentistas de este país y los que de verdad, pese a la represión de los estados español y francés además de los autonomístas vascos, defienden los intereses del pueblo vasco, al que representan aunque este no lo sepa o no lo quiera saber. Ah!, y además son progresistas.
Yo, como Joseba, estoy enganchado. Me agrada mucho que haya políticos que se tomen la molestia de mirar en los anales de la historia para emitir un juicio sobre los últimos acontecimientos. No creo que muchos lo hayan hecho. Por eso mismo, gracias Josu.
Ahora bien, me pregunto yo, ¿sabrán muchos políticos dónde mirar? ¿Tendrán la suficiente sabiduría como para hacer un análisis profundo y objetivo huyendo de la soflama fácil? Como me voy de vacaciones, me pongo cínico y nombro de refilón a Mendel, Pitágoras, Arquímedes, Helmholz, Röntgen y otros tantos que tendrían que ser conocidos por todos los bachilleres y aspirantes a político. ¿Será capaz nuestro lehendakari de hacer entregas como las que está haciendo Josu? ¿Vale el «in dubio pro reo» aquí? Bueno, me voy de vacaciones majetes. Agur.
Me has resumido deficientemente, Aitor, aunque con cierta corrección. Lo que yo decía sin embargo era más amplio, según puede verse.
Déjame apuntarte solamente que la Izquierda Abertzale es sabido defiende que al Pueblo Vasco le represente quien decida soberanamente el propio Pueblo Vasco, al contrario de lo que dicen los Estado francés y espanol y los autonomistas (en esto último no te equivocas, en efecto).
Agurrak,
D.
Aupa Josu,
Yo también me he enganchado a este bog sin necesariamente hacerte el «marcaje» diario que te hace el bueno de Donatien que entre el Danubio y el Golfo de Bizkaia lanza sus «red herrings» a diestro y siniestro.
Sin embargo sigo sin entender las postura del mundo de la Izquierda Revolucionaria Vasca cuando votan en el parlamento vasco en contra de la impugnación propuesta a la ley de partidos políticos del parlamento del Reino de España.
Seguro que mi amigo Euskobarometro tendrá una explicación «dialectica» para todos nosotros, pero yo me pregunto si no fue por coherencia. Es que como se puede ir contra una ley de ilegalización de partidos políticos cuando se apoya una ideología que preconiza el partido único que practican los países amigos, como por ejemplo Cuba, en este caso el del Partido Comunista.
Segi aurrera, egiten duzun lana interesgarria da eta niretzat oso didactikoa.
Agur bero bat,
Joseba
A estas alturas de la película ya sabemos de lo estéril de este debate, Donatien, pero al sector de la izquierda abertzale formado por Hb-Batasuna (liderado siempre y representado muy a menudo por ya sabemos quienes) le importa un pimiento, o incluso hasta la huerta entera de pimientos de Bakio, lo que diga y decida la sociedad vasca. Y a los hechos me remito.
Como no es materia del hecho juzgado y corremos el riesgo de arruinar el nudo del magnífico tratadito que conforman estas entregas en debates fatigosos, opto, si me lo permitís, queridos Aitor y Joseba, por no replicaros. Simplemente remito a Joseba a la entrega número 4 y a mi humilde comentario de las 03:27 sobre una de las preguntas que plantea para no tener que repetirla.
Quedemos, pues, a la espera de la séptima. (En cuanto a mí mismo, tranquilos, Erkoreka ya dará buena cuenta si le da la gana).
Como anécdota ilustrativa, sin querer desviar el tema, sino todo lo contrario, os adjunto el artículo que El Correo espanol (a saber si es verdad, viniendo de quien viene) publica con el contenido de los actos judiciales que prohiben al parecer a Otegi y a Gorrotxategi veranear en territorio de la República Francesa. No me digáis que es posible evitar una sonora carcajada. Pero, al mismo tiempo, es tan revelador!:
http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20090813/mas-actualidad/politica/audiencia-nacinal-prohibe-otegi-200908130943.html
Os dejo también una canción, para amenizar la vacación. Las cosas no han cambiado tanto tras tantos siglos, a ver que os parece!:
Ondo ibili!
D.
Me rindo ante la perfecta muestra de soberbia inteligencia de todos estos que llaman autonomista al EAJ.
No teneis foros donde os podais dar abrazitos entre vosotros? Por que a mi me ofende que me llamen autonomista, o que me ponga etiquetas que no soy, y que repiten exactamente igual que lo hace el correo hispano.
La hipocresia politica, tan de moda en estos tiempos, y sobre todo practicada por personas autodenominadas de izquierda, y en igual medida supervasquitos, cansa, asi que mejor que para calificar tan gratuitamente como hace, querido D Martinez, mejor si se informa por medios que no sean el correogara y no se inventa cosas como esas del autonomismo.
Aunque ya me gustaria oirle hablar de ciertos autismos.
Gracias a todos los que me agradecéis por el trabajo desarrollado. Si ha servido para recordar datos, ordenar ideas y fijar criterios, me doy por satisfecho.
Bueno, Donatien ya nos anticipaba en esta entrada cual era su punto de vista. Si la cosa terminaba mal para Batasuna era malo para Euskadi y para los vascos. Y supongo que si terminaba bien para Batasuna, todos contentos. Es una manera de ver las cosas.
Aitor, estas planteando las preguntas que siempre emergen cuando se debate la problemática de la ilegalización de partidos políticos. Resumidamente: ¿Tú me ilegalizas a mí para defender la democracia cuando el mayor peligro para la democracia eres precisamente tú con tu arma ilegalizadora? Veo que has dado con el quid del asunto. Y también con el quid de las tesis de Donatien.
Joseba, dices no entender la actitud de la izquierda revolucionaria, pero la interpretas con bastante claridad. En efecto, algún arma dialéctica debieron activar cuando votaron en contra del recurso que iba a impugnar la ley aprobada para ilegalizarles. Alguna contradicción se quería agudizar con ello. Pero Aznar no entendía de contradicciones. Y los socialistas del PSOE, hace ya muchos años que abandonaron el marxismo.
¡Me sorprende sobremanera la información suministrada por El Correo que Donatien pone a nuestra disposición! ¿Desde cuando los abertzales irreductibles hacen el más mínimo caso a los jueces españoles? Los autonomistas, sí, claro. Pero…¿un agerrido gudari va a renunciar a sus vacaciones porque se lo prohiba un juez español? Qué bajo hemos caído. Yo pensaba que esas cosas eran de los epelas estatutistas. Seguro que Trosky suscrie el comentario.
No me parece que deba ser objeto de chiste que un ciudadano vea arbitrariamente limitada su libertad de movimientos, que no pueda moverse por el mundo sino dentro de una fronteras impuestas. Me parece un drama, no una comedia. Gracietas ahí sobran, francamente, Josu.
En fin, te envío esta información de BBC.com en que el gobierno del ultra Lieberman exige al sueco condene un artículo escrito en la prensa escandinava. Naturalmente el gobierno sueco ya ha dicho que nones, que no tiene la menor intención. Ves, Josu, como los que no condenamos -y menos a exigencia de quienes no tienen credibilidad alguna- no somos solo los de la IA? También el gobierno de Suecia, distinguido por su independencia. Y eso que se habla de la supuesta extracción de órganos de ninnos matados previamente por soldados, no de la quema de un cajero automático!
Menos mal que Israel no está en el Consejo de Europa, porque de estarlo ya me veo a los sesudos jueces de Estrasburgo ilegalizando al Reino de Suecia! Este es el artículo:
http://news.bbc.co.uk/2/hi/middle_east/8213873.stm
Las violaciones de derechos fundamentales nunca me hacen gracia, Donatien. Empezando por las violaciones al más fundamental y básico de los derechos humanos que es el derecho a la vida. Violaciones que, por cierto, condeno SIEMPRE, sea quien sea el violador y sea quien sea el titular del derecho violado. Pero el contexto en el que denoto la contradicción de Otegi es similar a aquel otro en el que la autodenominada izquierda abertzale acusa de blandos y claudicantes a muchos cargos electos del PNV cuando un juez español les pone ante la tesitura de, obedecer una orden suya que no comparte, o ser procesado y probablemente condenado por desobediencia. A mí, el dilema no me hace gracia. Pero son muchos los que lo aprovechan para organizar manifestaciones al grito de «PNV español».
Israel no está en el Consejo de Europa, Donatien, pero el Reino de Suecia sí. Y si consigues que su primer ministro -el Jefe del Estado es un monarca- haga una declaración pública descalificando al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos y criticando su sentencia sobre la ilegalización de Batasuna, habremos adelantado un paso. Pero me temo que nunca lo hará. Y a eso me refería cuando decía, en la última de las entregas sobre la ilegalización de los partidos políticos que, ante el pronunciamiento del Tribunal de Strasburgo, hay obrar con los pies en el suelo. Con realismo. Es una institución que cuenta con el aval de todos los países democráticos del continente, incluidos los mas comprometidos con los derechos humanos como, sin duda, es Suecia.
Abenduaren 11n, ostirala
Uf, qué mal rollo.
Ahora el tribunal supremo del Estado criminal turco acaba de prohibir al PSD, el Partido para una Sociedad Democrática kurdo, una especie de EA o incluso PNV a la kurda, o de partido de Hume a la kurda.
El tribunal de Ankara ha tomado como jurisprudencia según asegura la sentencia contra Batasuna del tribunal prevaricador y colaborador del Estado criminal espanol internacional de Estrasburgo.
Josu, crees que el PNV podrá ser algún día ilegalizado por Espana?
Donatien
Cuando me lea la sentencia, comprobaré, primero, si el PSD es equiparable o no a EA o PNV y si, efectivamente, el tribunal Turco se apoya en la sentencia del TEDH -sería más correcto hablar de las sentencias, en plural- dictadas en relación con la ilegalización de Batasuna. A partir de ahí hablaremos.
Sobre el PNV, te puedo decir que ya estuvo ilegalizado en España. Lo estuvo en sus inicios, lo estuvo, también durante la dictadura de Primo y lo estuvo, por supuesto, durante el régimen providencial del General Franco. Durante la II República hubo quien instó su ilegalización aunque no ésta se llegara a materializar. Tras la huelga revolucionaria de octubre de 1934, muchos de sus militantes y dirigentes padecieron represión y cárcel. Las siglas, no fueron declaradas ilegales pero, de hecho, muchas de sus expresiones políticas fueron perseguidas con saña. Y, finalmente, en las postrimerías de 1935, Calvo Sotelo presentó una iniciativa en las Cortes Republicanas, en la que instaba la ilegalización del PNV por defender un proyecto político separatista. El presidente del Gobierno le aplaudió desde su escaño, y muchos diputados le jalearon con ahínco. Pero no se llego a materializar ilegalización alguno. Como se ve, la ilegalización no es ajena a la historia del PNV.
Comprendo. Entonces no descarto que puedan producirse nuevos amagos y une nueva ilegalización de tu partido. Supongo que es algo de lo que eres perfectamente consciente, y perfectamente posible según la relación de fuerzas en Madrid, el momento a medio y largo plazo, y la justificación, fácil de encontrar.
Supongamos un gobierno del PP dominado por el sector duro y apoyado por UPyD para poder formar ese gobierno, y que coincdiera con un momento en que el PNV dejare el buenismo de eludir el conflicto inevitable, una vez que lo evaluare rotundamente contraproducente.
Ahí no os libraríais de la propuesta de ilegalización a la turca, me temo. Como con el PKK y el PSD, como Batasuna (por elegir un nombre de los partidos ilegalizados vascos) y… vosotros? Te lo digo por lo de «las barbas a remojar» o lo que decía Samuel Beckett o no sé quién de «primero vinieron a por los judíos, …», etcétera.
Que ya sé, con todo, que no pasa nada. Ya sé que no se cae el mundo ni va a dejar de ser la gente menos abertzale o menos vasca porque nos ilegalicen a todos. Solo te lo comento por especular un poco.
No pasa nada.
D.