Este año, por primera vez durante las tres últimas décadas, el inquilio de Ajuria Enea asistía al acto conmemorativo de la aprobación de la Constitución que anualmente se celebra en el Congreso de los Diputados. El presidente de la Cámara destacó su presencia con una mención muy especial, que todos los presentes aplaudieron con ardor. Sin embargo, no puede decirse que el acto fuese muy lucido. La afluencia fue más bien pobre. Las asistencias, sobre todo las de las figuras políticas más destacadas, fueron más bien escasas. De entre los presidentes autonómicos, se puede decir sin temor a errar que fallaron la inmensa mayoría de los convocados. Tan sólo López, y otros tres más, daban testimonio, con su presidencia, de que el Estado en el que rige la Constitución, es un Estado compuesto, articulado sobre comunidades autónomas. Pero a eso llaman «normalidad» los nuevos dirigentes de la política vascongada. A participar en foros de exaltación patrótica española en los ya no toman parte ni los presidentes autonómicos del PP. A ser más papistas que el papa.
La presencia de López en ese acto ha reabierto el debate sobre lo que el significado político del escaso apoyo que la Constitución recibió en Euskadi en el referéndum convocado para su ratificación. Conviene recordar al respecto que, en los territorios que después pasarían a formar la Comunidad Autónoma de Euskadi, sólo consiguió reunir 479.205 votos a favor, de un total de 1.552.737 ciudadanos con derecho a voto, lo que representa un poco más del 30% del censo.
Unos dicen que la asistencia de López al festejo madrileño, sirve para dar testimonio del inequívoco apoyo que la norma constitucional recibe por parte de los vascos en esta primera década del siglo XXI. El que no se consuela es porque no quiere. Otros, por el contrario, sostienen que el de López es un gesto vacío, que sólo sirve para dar satisfacción a los que quieren engañarse y engañar, porque la Constitución sigue teniendo en Euskadi, hoy en día, tan menguado apoyo como el que cosechó en la consulta popular convocada el 6 de diciembre de 1978.
Hace algún tiempo escribí unas notas sobre el particular que me parece interesante reproducir ahora -y en este blog, que constituye uno de mis principales mecanismos de comunicación- para contribuir, con mis propias reflexiones, al debate generado. Lo haré, a partir de hoy, en una serie por entregas que espero culminar coincidiendo el fin de año.
1.- El debate sobre la incorporación de los vascos al pacto constitucional
Durante los últimos treinta años, el escaso apoyo que la Constitución obtuvo en el País Vasco con ocasión del referéndum convocado para su ratificación[1] ha sido objeto de numerosos debates y muy diversas interpretaciones políticas[2]. Básicamente, estas interpretaciones pueden agruparse en torno a dos grandes polos, según consideren o no que el limitado respaldo que la norma fundamental del Estado cosechó en la consulta organizada al efecto, encierra alguna trascendencia desde el punto de vista de lo que Tusell ha denominado “el grado de integración [de las diferentes nacionalidades del Estado español] en el proyecto de convivencia democrática iniciado en 1977”[3].
Para unos, como veremos, el pobre respaldo que la Constitución logró obtener en el País Vasco constituye algo irrelevante que apenas merece ser tenido en cuenta a efecto alguno. Para otros, por el contrario, no resulta posible abordar cabalmente la problemática política vasca, sin tomarlo seriamente en consideración y evaluar con mucho tiento lo que representa desde el punto de vista de la legitimación de las instituciones del Estado en Euskadi. En las líneas siguientes, veremos de qué forma y bajo qué variantes se han formulado cada uno de estos dos postulados.
1.1.-Tesis de la irrelevancia.
Para quienes se adhieren a esta tesis, en Euskadi, exactamente igual que en el resto del Estado español, los votos afirmativos superaron a los negativos en el referéndum constitucional y, en consecuencia, por mucho que los unos y los otros fueran menguados en número, resulta evidente que la norma sometida a consulta fue, también, ratificada por los ciudadanos vascos, y desplegó con total plenitud todos los efectos jurídicos y políticos anejos a la ratificación. Ni la especial intensidad que adquirió en el País Vasco el debate sobre el significado político de la abstención, ni las elevadas cotas que alcanzó la actitud abstencionista -expresamente propugnada, como se recordará, por algunas formaciones- constituirían, desde su punto de vista, más que una simple anécdota sin relevancia alguna en el plano político.
El corolario inmediato de este razonamiento es que la Constitución de 1978 no acusa en Euskadi déficit de legitimidad alguno, porque el referéndum por el que fue ratificada no obtuvo en los territorios vascos un resultado tan adverso como para que su validez política se viera resentida. Nada -opinan los partidarios de este planteamiento- permite sostener que la aceptación popular e incluso la admisibilidad de la norma constitucional como marco adecuado para articular la convivencia política, sean inferiores, en el País Vasco, que en otros territorios del Estado. Según ellos, el llamado “pacto constitucional” gozó, desde el principio, de total validez y surtió en Euskadi plenos efectos jurídicos y políticos.
Aun con múltiples variantes y matices, esta tesis empezó a formularse ya, en sede política, mediática e incluso académica, durante los meses siguientes a la celebración del referéndum constitucional. Y lo hizo, sobre todo -aunque no sólo- como reacción frente a quienes, desde las filas del nacionalismo vasco, recordaban una y otra vez la precariedad de los apoyos que la norma constitucional había recibido en Euskadi, para sostener que había sido rechazada[4] o, -algo más matizadamente- que no había sido aprobada[5] por los vascos. Las fuerzas políticas que preconizaron el voto afirmativo se negaron desde un principio a compartir esta lectura de los resultados del referéndum en el País Vasco. El triunfo del sí fue, en opinión de todos ellos, tan rotundo e incontestable en este territorio como en cualquier otra parte del Estado. Y desde su punto de vista, ningún dato objetivo autorizaba a enturbiar o impugnar ese irrefutable triunfo, con objeto de cuestionar la legitimidad de la Constitución o su validez como marco político de referencia para organizar la vida colectiva en Euskadi.
Durante los últimos treinta años, esta tesis ha sido militantemente alimentada por periodistas, creadores de opinión, publicistas y comentaristas políticos -unidos por el denominador común de la escasa simpatía que sienten por el nacionalismo vasco- e incluso por algún académico firmemente empeñado en poner su profundo “saber científico” al servicio de lo que, con poca precisión y menor acierto se ha venido en denominar el “constitucionalismo”. Sus argumentos y razones han sido aprovechados después por los dirigentes de las formaciones políticas de obediencia nacional española, en un eficaz juego de interacciones que se está revelando muy fecundo en el combate ideológico contra el nacionalismo vasco.
Veamos, sin afán alguno de exhaustividad, las líneas básicas que ha seguido este proceso.
Muy poco después de celebrado el referéndum, José Ignacio Cases y Andrés de Blas, publicaban en la Revista de Estudios Políticos sendos trabajos que, entre otros temas, abordaban el sentido político que había de atribuirse a la alta abstención registrada entre los votantes vascos en aquella consulta. En un estudio monográficamente dedicado al análisis del fenómeno abstencionista, el primero de ellos[6] identificaba tres territorios en los que se daban “unos índices de abstención realmente notables”: El País Vasco, Galicia y Santa Cruz de Tenerife. Empero, ese comportamiento común respondía, en su opinión, “a razones diversas entre sí”.
En el caso vasco, el dato cualitativo singular más relevante era el de la abstención propugnada por “un partido con fuertes raíces” como el PNV; algo que no se daba ni “en la región gallega ni en la isla canaria”. Cases era de la opinión de que, a fin de no confundirse con la abstención técnica, el PNV debía “haber propugnado un voto en blanco como señal de disconformidad”. Pero daba por hecho que la abstención que esta formación política preconizó en el referéndum constitucional tuvo, en el territorio vasco, una incidencia notable: Representó, a su juicio, en torno al 30% del censo[7].
Ahora bien, al abstencionismo activo propugnado por el PNV en el País Vasco, había de sumarse, en su opinión, “el obstruccionismo laboral electoral y el miedo colectivo”; dos factores que, sin embargo, el autor se limitaba a enunciar, sin precisar en qué consistían, cómo se manifestaron y de qué manera pudieron haber influido en el incremento de la abstención.
Por contraste con lo ocurrido en el País Vasco, Cases defendía la tesis de que en Galicia, al igual que en Tenerife, los mayores índices de abstención no respondieron a razones políticas sino al hecho de que, en estos dos territorios, por sus especiales características, la abstención técnica tiene una “mayor amplitud e incidencia”: A la adversa meteorología, como causa específica y crónica de Galicia, habrían de sumarse la fuerte emigración experimentada por ambas regiones en los años previos y los graves defectos de los que adolecía el censo electoral.
Por lo demás, Cases relacionaba, también otras razones que pudieron haber influido en mayor o menor medida en engrosar la abstención en todo el territorio del Estado: El desencanto ante la democracia, la excesiva complejidad del texto constitucional, la publicidad de última hora, la inexistencia, en España de una eclosión de la participación política, etc.
En el mismo número de la Revista de Estudios Políticos, un apasionado teórico de la nación española como Andrés de Blas[8], se afanaba en defender, entre otras, la tesis de que, “carece de cualquier fundamento deducir del referéndum un afianzamiento de las posiciones nacionalistas vascas, especialmente las del PNV”. Como se ve, de Blas eligió un estimulante y sugestivo objeto de estudio para una investigación que aspira a ser científica: Demostrar que el PNV no se estaba consolidando desde el punto de vista electoral. Cada investigador -ya lo decía el Maestro- selecciona el objeto de su trabajo presionado por las neurosis y obsesiones que le atenazan.
Por lo que aquí interesa, de Blas planteaba, también, la necesidad de leer los resultados del referéndum, restando a la abstención total la abstención “natural”, que él definía como “la que se produce sin directa relación con el llamamiento de ningún partido o fuerza política”. Pero, ¿cómo cifrar esa abstención “natural”?. Para de Blas debía calcularse sobre una estimación a priori que, a su juicio, se situaba “en las provincias vascas en un mínimo del 35 por 100”. Como se ve, la diferencia con respecto a la abstención técnica calculada por Cases -el 20%- era evidente. Pero en este caso, no se olvide, se trataba de probar científicamente que “carece de cualquier fundamento deducir del referéndum un afianzamiento de las posiciones nacionalistas vascas, especialmente las del PNV”.
Las razones que en opinión de Andrés de Blas hacían que esa abstención “natural” fuese, en Euskadi, como mínimo, un 5 por 100 superior a la general, eran básicamente tres:
a) El terrorismo, “como factor animador de la inhibición” y de “las dificultades para el enraizamiento […] de unas formas políticas democráticas,
b) La existencia de una “presión difusa a favor de la abstención” y, sobre todo,
c) La concurrencia de una gran “desconfianza hacia la Constitución como instrumento para solucionar el problema vasco”. Una desconfianza que estaba en el origen de “la impresión de inutilidad que la propia Constitución genera para un número estimable de vascos”
Analicémoslas brevemente.
Comencemos con la consideración que identifica el terrorismo como un “factor animador de la inhibición”. Es más que discutible que la actuación violenta de una organización terrorista que no apuesta abiertamente por boicotear la participación política, favorezca la inhibición ciudadana hasta el extremo de forzar a los votantes a abstenerse en las citas con las urnas. Y ese es, precisamente, el caso de las que han operado en Euskadi durante los últimos años, que rara vez han hecho llamamientos contra el ejercicio del derecho de voto.
Por lo que se refiere, concretamente, al referéndum constitucional, conviene recordar que, tanto ETA como el conjunto de la izquierda abertzale pidieron que se votase no. Es decir, que se acudiese a las urnas y se depositasen en ellas papeletas contrarias a la ratificación del texto sometido a consulta. ¿Podía esa posición surtir algún efecto disuasorio con respecto al ejercicio del derecho al voto? ¿Podía animar a la inhibición? ¿Podía “invitar” a los votantes a que se abstuvieran? Creo más bien lo contrario. En aquellas circunstancias, la mejor manera de no significarse públicamente era votando. Porque haciéndolo, se cuidaban las apariencias frente a quienes propugnaban el no, sin mengua alguna de la posición que se deseaba expresar, toda vez que, entonces, al igual que ahora, el voto era secreto y nadie conocía el contenido de la papeleta depositada en las urnas. Abstenerse, por el contrario, entrañaba el riesgo de ser automáticamente identificado como afín al PNV.
Algo similar puede decirse con respecto a lo que de Blas identificaba como “la presión difusa a favor de la abstención”. A su juicio, esta presión resultaba del hecho de que, en los pequeños núcleos rurales “muy pocos ciudadanos están en condiciones de desafiar el control impuesto por la presión nacionalista”. Pero en un momento en el que -insisto- toda la izquierda abertzale abogaba por el voto negativo, cabe preguntarse: ¿En qué sentido operaba esa presión?, ¿A favor de votar, o a favor de no votar? Pienso que, claramente, en el primero de los sentidos apuntados. Parece claro, pues, que la “presión difusa” a la que se refiere de Blas, no contribuía, precisamente, a engrosar la abstención. Antes al contrario, servía más bien de estímulo a la participación, aunque ello le descoyuntase el hilo argumental que se había trazado para alcanzar la conclusión previamente fijada.
En fin, la tercera razón -a la que de Blas, por cierto, atribuía una importancia cualitativa superior a las dos anteriores-, reviste un gran interés de cara a indagar en el sentido político de la abstención. Decía de Blas que
“Un expediente político de las características de una Constitución que no es respaldado ni por los terroristas, ni por sus cómplices, ni por las fuerzas abertzales no complicadas en el terrorismo, ni por el PNV, ni por instancias sociales significativas de la vida vasca (piénsese en la Iglesia, las organizaciones empresariales, un sector significativo de la <clase intelectual>) ofrece poco margen para solucionar los problemas del País Vasco y, por tanto, con dependencia de la opinión que merezca la Constitución, resulta poco importante su voto”[9].
Es probable que la visión recelosa y desesperanzada que de Blas apunta en el párrafo trascrito, influyese decisivamente en la baja participación registrada en el referéndum. Pero si realmente fue así, lo que el dato pondría de manifiesto es que la norma constitucional no consiguió concitar en Euskadi las adhesiones sociales y políticas mínimamente necesarias para organizar eficazmente la convivencia democrática. Serviría para denotar que la masiva abstención que se dio en la consulta, tenía mucho de rechazo; de un rechazo concebido y formulado en términos de escepticismo. ¿Para qué apoyar una norma que parecía abocada a no solucionar nada?
Años después de celebrado el referéndum, la abstención vasca fue nuevamente abordada por José Miguel de Azaola[10]. Como veremos, el ensayista bilbaíno no se limitó, en su estudio, a cuantificar el efecto que la abstención técnica o natural tuvo en los resultados del referéndum y deducir de ahí el peso que pudo revestir la abstención política. Para él era importante, además, evaluar cualitativamente la alta abstención registrada, a efectos de calibrar si permitía o no sostener la tesis de que la Constitución había sido rechazada por los vascos.
Tras un detenido examen de los dato, en el que los bajos niveles de participación registrados en el País Vasco eran analizados en relación con una “abstención técnica” que Azaola cifraba en la media de la abstención existente en las convocatorias a urnas inmediatamente anteriores y posteriores, el escritor vasco concluía que, aun cuando el sí había superado ampliamente al no en todos los territorios, se podía afirmar que, en el caso de Bizkaia y Gipuzkoa el triunfo del sí constituía una “aprobación meramente formal” que “no correspondía a una aprobación real dado el elevado porcentaje que la abstención política alcanzó ambas provincias”.
Sobre estos presupuestos, y computando como rechazo la suma de la abstención política, el voto negativo y el voto en blanco, Azaola consideraba “indudable que Guipúzcoa no apoyó la Constitución”. Y que, “…por muy poca diferencia, Vizcaya tampoco aprobó la Constitución”. Con respecto al conjunto de lo que después sería la Comunidad Autónoma vasca, sostenía que “presumiblemente”[11], la Carta Magna tampoco fue aprobada en este ámbito. Sólo si se tomaba como referencia el conjunto de la Vasconia peninsular ─que incluye a Navarra─ podía, en opinión de Azaola, hablarse de un ligero triunfo del porcentaje del sí ─que representaba el 34,9% del censo─ con respecto al 32,3% al que ascendía el rechazo.
Pese a todo, Azaola concluía su reflexión afirmando que el difundido aserto de que los vascos rechazaron la Constitución no puede ser tomado en serio, porque “…no corresponde a los resultados de ninguna de las cuatro provincias (ni siquiera a los de Guipúzcoa). Pues, si con razón decimos que quien se abstiene o vota en blanco no aprueba, con la misma razón podemos decir que quien se abstiene o vota en blanco no rechaza. Tan fraudulento es sumar las abstenciones (incluso las técnicas: cosa que muchos sectarios hacen sin el menor escrúpulo) a los votos negativos para llegar a la conclusión de un rechazo, como sumarlas a los votos positivos para llegar a la conclusión de un asentimiento”[12].
Al formular estas reflexiones, que tan abierta e inexplicablemente contradecían sus consideraciones previas, Azaola pasaba por alto -no sé si consciente o inadvertidamente- el fenómeno que, años atrás, José María Aznar había bautizado como la “abstención beligerante” del “referéndum constitucional”[13]. Una actitud que, concretamente en el caso del ex presidente del Gobierno español, se justificaba en la necesidad de protestar contra una Constitución ambigua e imprecisa que, entre otras cosas, impedía conocer “si el desarrollo de las autonomías va a realizarse con criterios de unidad y solidaridad o prevalecerán las tendencias gravemente disolventes agazapadas en el término nacionalidades”, pero que en muchas otros casos, especialmente en el País Vasco, se concibió como expresión de una oposición drástica y militante contra la idea misma de respaldar una norma constitucional para una democracia meramente formalista, como hizo Fernando Savater[14] o como una manera de oponerse a los específicos contenidos materiales de la que se sometía a consulta[15].
En cualquier caso, las sagaces cavilaciones de Azaola proporcionaron un esquema argumental que, en los años sucesivos, ha sido profusamente utilizado en el discurso contra el nacionalismo vasco[16]. Sin citarlo expresamente, pero sirviéndose de él, sin duda alguna, el político conservador Julen Guimón llegó a hacer afirmaciones tan simplistas y fácilmente objetables como la de que “En un referéndum constitucional, en cualquier lugar del mundo, quien se abstiene consiente”[17]. Y sobre una base así de endeble, extraía una conclusión tan sencilla como terminante: “La Constitución se aplica a los que la votaron, a los que se abstuvieron y a los que votaron en contra. […] Se aplica por igual en Lugo, en Alava, en Guipúzcoa o en Madrid”.
Durante los gobiernos de José María Aznar, que tanto y tan eficazmente han contribuido a recrudecer la ofensiva que desde los círculos políticos, mediáticos e intelectuales más afectos a la idea nacional española acostumbran a dirigir contra el nacionalismo vasco cuando éste osa acentuar su perfil reivindicativo, algunos de los razonamientos más críticos de Azaola han sido formulados de nuevo con especial intensidad. Uno de los que más furia y porfía ha puesto en el empeño es, sin duda, Gregorio Peces-Barba. El ex diputado socialista, padre de la Constitución y ex presidente del Congreso de los Diputados, acusa al nacionalismo vasco -sí, sí, al “nacionalismo vasco”; no a “los nacionalistas vascos”, ni tan siquiera a “algunos nacionalistas vascos” a los que podría haber identificado con sus nombres y apellidos, sino al “nacionalismo vasco”- de caracterizarse “por el uso disléxico de los conceptos”; un mal que, a su juicio, consiste en “aplicar a las palabras un sentido distinto del usual o por estipular un sentido imposible de acuerdo con los criterios de la lógica, de la racionalidad o de la razonabilidad”. Hay que advertir, antes de avanzar en la exposición de las tesis de Peces-Barba, que Xabier Arzalluz le identifica, no como padre de la Constitución, sino como su madre, tal es el cariño, la ternura y hasta la devoción que muestra por la adorada e intocable hija de sus entrañas.
Pues bien, la grave e indiscriminada censura que dirige a todo el “nacionalismo vasco”, la justifica don Gregorio en que “sólo desde esta dislexia se puede entender que afirmen que la Constitución no fue aprobada en el referéndum del 6 de diciembre, cuando hubo más votos favorables que contrarios. Cuentan las abstenciones que ellos consiguieron, las suman a la abstención normal y, con un sentido muy poco democrático, las hacen superar los votos favorables”[18].
Don Gregorio, como se ve, ni tan siquiera se molesta en calcular lo que, en términos cuantitativos, pudo representar la abstención política en el referéndum constitucional. Los esfuerzos que años atrás desarrollaron en este sentido José Ignacio Cases, Andrés de Blas o José Miguel de Azaola, son para él, sencillamente baldíos. A Peces-Barba no le interesa la aproximación objetiva y científica al análisis de lo que la alta abstención vasca registrada en aquel referéndum pudo significar desde el punto de vista político. Cuando se trata de defender a la Constitución, olvida su condición académica y prefiere tachar “respetuosamente” de disléxicos a quienes defienden lecturas del hecho abstencionista que no son de su gusto. Don Gregorio desprecia los matices. Prefiere el trazo grueso e indiscriminado.
Ocho meses después[19], la madre de la Constitución reproduce el mismo argumento en otra pieza publicada en la misma cabecera. No sé si cobró por el artículo, pero es justo reconocer que, si lo hizo, dispone de una envidiable capacidad para sacar rentabilidad a unas mismas ideas que, para más INRI, no sólo no son nuevas, sino que están formuladas, desarrolladas y publicadas desde hace ya bastantes años: “En el País Vasco -repite don Gregorio- también la Constitución fue votada favorablemente, con muchos más votos a favor que en contra, aunque con una abstención que superó en Guipúzcoa y Vizcaya, el cincuenta por ciento, con lo que al abstencionismo normal en las restantes provincias se añade uno propio, defendido por el PNV, que hace que se doble el general”. Pero como a la abstención política no puede sumársele lo que don Gregorio denomina <<abstención normal>>, el triunfo de los votos afirmativos es, a su juicio, ostensible y terminante. “Por otra parte -añade el profesor- contar las abstenciones como votos negativos es poco decente, porque no es una conclusión evidente ni se deben interpretar sin otros elementos esas abstenciones, que se debieron a una pluralidad de motivos difíciles de analizar”.
Además de disléxico, por tanto, ya sabemos que, para don Gregorio, el nacionalismo vasco es, también, “poco decente”. Lo que no se acaba de comprender es que, el ex rector de la Carlos III, afirme que las abstenciones “se debieron a una pluralidad de motivos difíciles de analizar” ─lo cual es tan obvio que podía habérselo ahorrado─ y renuncie a abordar de inmediato una aproximación racional, objetiva y comprensible a esos motivos. Si, a juicio de don Gregorio, el hecho de simplificar la interpretación política de la abstención, identificándola sin más con el rechazo, convierte a alguien en “disléxico” y “poco decente”, no se entiende que a renglón seguido opte por adoptar, él mismo, una actitud tan simplista como la de limitarse a constatar que los votos afirmativos superaron en número a los negativos. Salvo, claro está, que la dislexia y la falta de decencia afecten, siempre, a quienes defienden tesis antagónicas a las suyas
Años atrás, José Ignacio Cases comenzó su estudio ya citado, constatando que no se podían analizar los resultados del referéndum en el País Vasco sin tomar en consideración la abstención propugnada por “un partido con fuertes raíces” como el PNV; algo que no se daba ni “en la región gallega ni en la isla canaria”. Pero, a juicio de Peces-Barba, basta con dejar constancia de que los votos positivos superaron a los negativos. Lo demás no le interesa. Y lo que políticamente pudo suponer la abstención reclamada por lo que Cases definía como un “partido con fuertes raíces”, es objeto de desprecio como algo que sólo interesa a disléxicos y gentes poco decentes.
Años atrás, Azaola sostenía, también, algo tan evidente como que, en Bizkaia y Gipuzkoa el triunfo del sí constituía una “aprobación meramente formal” que “no correspondía a una aprobación real dado el elevado porcentaje que la abstención política alcanzó ambas provincias”. Y sobre este presupuesto, procuraba indagar en las razones que podían subyacer a ese elevado porcentaje. Pero a don Gregorio no parecen interesarle ese tipo de profundizaciones. A él le basta con descalificar al nacionalismo como “disléxico” y “poco decente” que, al parecer es de lo que se trata. Como se ve, el transcurso del tiempo ha ido imponiendo el uso de la brocha gorda. En este sentido, los gobiernos de José María Aznar, que repetía cínicamente la máxima de que la opinión de los españoles se cambia sin demasiado esfuerzo en 48 horas, han hecho estragos entre propios y extraños.
Transcurridas algunas semanas, Peces-Barba vuelve de nuevo sobre el asunto. Y, una vez más, lo hace en el mismo diario y con los mismos argumentos. Debe ser muy duro reivindicar la maternidad de algo que, sometido al dictamen del pueblo, cosecha un éxito tan escaso como el que la Constitución de 1978 obtuvo en Euskadi. Porque la tenacidad y la contundencia con las que don Gregorio reacciona ante la más mínima insinuación de que el referéndum constitucional no se saldó en el País Vasco con un resultado excesivamente honroso, es, ciertamente, proverbial. Si en esta ocasión cobró también honorarios, habría que felicitar con total sinceridad a Peces-Barba. Y lamentarse, a renglón seguido, por el hecho de que haya trazado su ruta docente en el mundo del Derecho, y no en el de la Economía, donde tan acreditadas dotes exhibe. Por enésima vez, el profesor recuerda, airado, en el mismo periódico que “en el País Vasco se votó favorablemente la Constitución, aunque hubiera más del cincuenta por ciento de abstenciones en Vizcaya y Guipúzcoa, y ya está bien de falsear ese hecho afirmando que en el País Vasco no se aprobó la Constitución” [20].
Otro opinador que, en los tiempos de la mayoría absoluta de Aznar, recuperó para el discurso políticamente correcto las cábalas de Azaola, es Patxo Unzueta. Esta vez -todo hay que decirlo- con la honradez de citarle expresamente:
“En el referéndum de 1978, el 68.8% de los votantes de Euskadi y el 75,7% de los de Navarra votó si. Es cierto que hubo una alta abstención política, de rechazo a la Constitución. […] José Miguel de Azaola hizo un cálculo restando de la abstención registrada en el referéndum de 1978 la media de la contabilizada en las elecciones más cercanas a la consulta (1977, 1979 y 1980). El resultado era que en Guipúzcoa el rechazo (votos negativos+abstención política+votos en blanco) superaba ampliamente a los votos positivos, mientras que en Alava y Navarra ocurría lo contrario y en Vizcaya se producía una ligera ventaja del rechazo” [21]
Quienes, por el contrario, no citan a Azaola, ni a ningún otro de los que han tratado este tema con anterioridad, son los profesores Pedro Fernández Barbadillo y Carlos Ruiz Miguel[22]. Y en su caso, esta omisión reviste una gravedad mayor. Porque el sello académico que ambos exhiben, les obliga a respetar una metodología en la que, incluso para publicar en el apartado de Notas de una revista científica, la referencia a las fuentes es ineludible. Y soslayar la obligada referencia a las fuentes, para limitarse a repetir lo que otros ya han dicho, escrito y publicado con anterioridad, vendiendo como propias ideas ajenas, es algo que no se ajusta demasiado a la ortodoxia del trabajo universitario[23].
El trabajo de Fernández y Ruiz no alcanza conclusiones novedosas, ni hace aportaciones cualitativas dignas de mención. Pero rezuma una animosidad contra el nacionalismo vasco en general, y contra el PNV en particular -impropia, por cierto, de quienes han de operar con la fría objetividad del científico- que, probablemente, está en el origen de muchas de las afirmaciones gratuitas que se deslizan en el texto y de los numerosos alardes de indocumentación en los que incurre. Porque afirmar, por poner tan sólo un ejemplo de los numerosos que podrían aducirse en este sentido, que el esfuerzo que desarrolló el PNV “para dejar vacías las urnas el 6 de diciembre”, contó con ETA como “aliado objetivo”[24], será, sin duda, muy útil para despertar simpatías en determinados círculos oficiales, para abrirse camino en algunas editoriales e incluso para progresar en la carrera docente universitaria, pero significa desconocer olímpicamente un dato esencial, que ya hemos anotado en las líneas anteriores: Que toda la izquierda abertzale -toda, sin excepción- con sus múltiples organizaciones y ramificaciones, sus órganos oficiales, sus pensadores, sus líderes, sus fijadores de opinión y sus medios de comunicación, militaron activamente a favor de votar y, más concretamente, de hacerlo en sentido negativo. Nadie podía quedar “señalado”, por tanto, por el hecho de participar en el referéndum.
La posición de ETA -también, por supuesto, partidaria del voto negativo- quedó recogida en un libro colectivo que en las semanas previas al referéndum escribieron y publicaron varios de los militantes de la izquierda abertzale que, con posterioridad, participarían en la fundación de la coalición electoral Herri Batasuna[25]. La organización terrorista sostenía que la norma constitucional era “la imposición de la burguesía española al resto de las fuerzas sociales de los pueblos del Estado a través de la disuasión de las fuerzas armadas españolas”[26]. Su postura era, pues, beligerantemente contraria a la Constitución. ¿Lo desconocían Fernández y Ruiz?. Grave. ¿Lo conocían y lo ocultaron deliberadamente?. Peor aún; sencillamente, imperdonable.
Es evidente que en los territorios vascos el voto afirmativo registrado en el referéndum constitucional fue superior al negativo. Basta examinar los datos oficiales para comprobarlo. Pero no es menos evidente que, aun en el hipotético supuesto de que en estos territorios el no hubiese superado al sí, el resultado hubiera carecido de relevancia jurídica, porque el cómputo se llevó a cabo de forma unitaria en todo el territorio del Estado. No nos engañemos. Así ocurrió, años después, en el referéndum consultivo convocado para la ratificación del tratado de la OTAN. La mayoría de votos negativos que se impuso en los cuatro territorios vascos, quedó diluida entre los votos afirmativos que hicieron vencer al sí en el conjunto estatal. De suerte que aun cuando los vascos se opusieron mayoritariamente a la ratificación de aquél tratado, el único dato que importa desde un punto de vista jurídico, es el de que, en el conjunto del Estado español, los votos afirmativos superaron en número a los negativos.
Por otra parte, es claro que, desde el punto de vista del valor moral y de la legitimidad política de una norma que pretender ordenar la convivencia sobre bases democráticas, no es irrelevante que esa norma sea avalada en referéndum por una mayoría exigua o que lo sea por una mayoría absoluta del censo. La fuerza legitimadora de las mayorías cualificadas es, siempre, mayor que la de las mayorías simples, sobre todo si estas descansan sobre una base muy exigua. La propia norma constitucional establece que, en algunos casos, para la aprobación en referéndum de una determinada iniciativa, no basta con que los votos afirmativos superen a los negativos, sino que hace falta “el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia” (Art. 151.1º); prueba inequívoca de que, a juicio de los constituyentes, la adopción de algunas decisiones colectivas pasa por la consecución de un consenso mayor al que resulta del mero hecho de que los votos afirmativos -cualquiera que sea su número y peso porcentual con respecto al censo- superen a los negativos. Este tipo de exigencias, por lo demás, son relativamente habituales en las legislaciones de otros países democráticos. Como veremos en el último capítulo de la serie, el Derecho comparado ofrece numerosos ejemplos de leyes que subordinan la validez de un referéndum al requisito de que la participación supere un umbral determinado que, por lo general, se sitúa en torno al 50% del censo. Si la Constitución hubiese establecido que su ratificación en referéndum requería una mayoría equivalente a la que su art. 151.1º fijó para la validación popular de la decisión de acceder a la autonomía por el cauce previsto en el art. 150, hoy, sencillamente, no estaría en vigor en Araba, Gipuzkoa y Bizkaia. Pero los constituyentes sabían que jugaban con fuego. Y con objeto de facilitar la ratificación popular de la propuesta constitucional que formularon, rebajaron hasta los más ínfimos límites los requisitos de necesario cumplimiento para la validez del referéndum.
Así, pues, aunque nadie duda de que, desde un punto de vista estrictamente jurídico, la consulta constitucional se saldó en Euskadi con un sí, nadie puede dudar tampoco que se trató de un sí extremadamente pobre desde el punto de vista cuantitativo -sólo alcanzó el 30% del censo, mientras la media estatal se situó en torno al 59%- y muy precario desde el prisma cualitativo, porque no logró atraer ni a uno sólo de los partidos políticos de obediencia nacional vasca. Su fragilidad política es, pues, evidente. Porque refleja que, materialmente, en el País Vasco no hubo pacto constitucional. Dígase lo que se diga, no se dio, en torno a la Constitución, el nivel de consenso exigible a una norma que pretende organizar la convivencia sobre bases democráticas y compartidas.
Y de poco sirve contraargumentar que, durante los últimos 25 años, los gobiernos autonómicos presididos o integrados por los nacionalistas vascos han contado con apoyos menores que el que la Constitución obtuvo en el referéndum. Lo ha hecho Unzueta, acusando al PNV de que “…lleva 21 años gobernando con porcentajes sobre el censo inferiores; en promedio, tras siete elecciones autonómicas, el 22%”[27] y, más recientemente, los profesores Fernández Barbadillo y Ruiz Miguel, que esgrimen el argumento, una vez más, como si fueran los primeros en defender ese postulado[28]. Y sirve de poco porque no puede equipararse la política constitucional, que es dirigida a establecer las bases que han de definir el marco de convivencia, a la política normal u ordinaria, entendiendo por tal la que se aplica en el interior de un marco institucional no cuestionado. En la primera los consensos amplios son imprescindibles. En la segunda, es evidente que no. No, al menos, en la misma medida.
En cualquier caso, debo reconocer que conmueve comprobar la magnitud del esfuerzo argumental utilizado para probar algo que se pretende tan evidente. Si de verdad fuera obvio e incontrovertibe que la Constitución cuenta con el respaldo mayoritario de los vascos, no se acaba de comprender cómo tanta y tan cualificada gente se ha visto impelida a coger la pluma para dejarlo probado de forma indubitada. Lo que no consiga en este terreno el nacionalismo vasco -que es el tema abordado en términos críticos por decenas de libros y cientos de artículos publicados en diarios de aquí, de allá y de acullá- nunca lo logrará nada, ni nadie.
[1] Recuérdese que, en los territorios que después pasarían a integrar la Comunidad Autónoma de Euskadi, sólo consiguió 479.205 votos a favor, de un total de 1.552.737 votantes, es decir, un poco más del 30% del censo.
[2] En realidad, estas divergencias afloraron en el mismo momento de su celebración. Según constataba un diario de la época, en Euskadi, los resultados del referéndum eran “objeto de interpretaciones ampliamente divergentes según las diferentes opciones políticas” (EL PAIS, 8.12.78)
[3] TUSELL, Javier: La transición española a la democracia, Madrid, 1999, pág. 109
[4] Herri Batasuna sostuvo desde un principio que “…el pueblo vasco ha rechazado la Constitución de 1978 y, puesto que ésta era la culminación y resumen final del proceso de la reforma, puede afirmarse que el pueblo trabajador vasco ha rechazado claramente este proceso que se le pretendía imponer por encima y a costa de sus derechos nacionales y sociales. Es un triunfo que ha conseguido todo el pueblo vasco” (Cfr. Egin, 8.12.78)
[5] Entre los dirigentes del Partido Nacionalista Vasco fue -y, en cierta medida, todavía es- frecuente esta aseveración.
[6] CASES MENDEZ, José Ignacio: “Resultados y abstención en el referéndum español de 1978”, Revista de Estudios Políticos, nº 4 (Nueva Época), de julio-agosto de 1978, págs. 175-204.
[7] Para él, el abstencionismo técnico había de situarse en torno al 20% del censo y, en esta ocasión, en los territorios de lo que luego sería la Comunidad Autónoma vasca, ascendió al 54,5% del censo.
[8] DE BLAS GUERRERO, Andrés: “El referéndum constitucional en el País Vasco”, Revista de Estudios Políticos nº 6, noviembre-diciembre de 1978, págs. 205-215.
[9] Ibidem., pág. 209
[10] Cfr. AZAOLA, José Miguel: El País Vasco, Madrid, 1988, págs. 343-346. Véase igualmente su artículo “¿Aprobaron los vascos la Constitución?”, El Diario Vasco, 6.12.88.
[11] Decía “presumiblemente”, porque “jamás sabremos si la aprobó o no, pues es imposible cifrar exactamente la abstención técnica y la política”
[12] AZAOLA, José Miguel: El País Vasco…op. cit., pág. 346.
[13] “La abstención. La lección de la historia”, La nueva Rioja, 23.02.79
[14] En los días previos al referéndum, Fernando Savater publicaba en el diario EGIN un artículo de tono sarcástico en el que, desde unas posiciones de extrema izquierda anarquista, expresaba su desinterés por participar en una convocatoria a urnas que sólo serviría para legitimar un sistema de poder arbitrario y autoritario: “.toqueros de uno u otro tipo no han de faltarnos y la entusiasta campaña constitucional, sea propugnando el sí, el no, el regular, el a veces, el nunca jamás, etc…, ahí está para vencer nuestra tendencia plebeya (de la plebe, vamos) al bostezo y el desinterés. No deja de ser curioso que por más separado que esté el poder de quienes lo padecen, nunca sepa prescindir de esos rituales reclamos de afición: Gobernarán sin nosotros, a pesar de nosotros, en lugar de nosotros, en representación de nosotros, contra nosotros, pero siempre pretenderán mantenernos fascinados y apasionados por el manejo que sufrimos, por sus detalles, por su justificación, por su necesidad. (…) A estas alturas del curso, desde luego, esperar que la gente se encandile por una Constitución sería mucho esperar, por mucho entusiasmo que despierte el que ésta no le guste a Blas Piñar, bendito sea Dios (…) Lo difícil y moderno no es ya fabricarse otra Constitución, sino arreglárselas para no tener ninguna. Claro que eso sería un lío y nadie sabría los derechos que tiene la obligación de disfrutar, las obligaciones que tiene derecho a esperar. Cada cual podría verse sometido a tropelías sin cuento: en cambio, con una Constitución, las tropelías tienen al menos cuento y así, contadas de antemano, ya no duelen tanto…” [ Cfr. “La obligación de interesarse por la Constitución”, Egin, 26.11.79]
[15] En vísperas del referéndum, por ejemplo, el dramaturgo Alfonso Sastre afirmaba sentirse identificado con la propaganda “contra la Constitución que va a ser sometida a referéndum el próximo día 6 de diciembre (…) independientemente de que, según los casos, se proponga en ella un EZ (no) o la abstención. Cualquier cosa me vale –la abstención o el no- a este respecto (…); de modo que si el colegio electoral estuviera aquí, a la vuelta de la esquina, es seguro que presentaría en él mi papeleta con el no; pero, estando un poco más lejos -en Madrid- lo más fácil es que me contente con la abstención. Para mí se trata de dos formas válidas de expresarse en contra…” [SASTRE, Alfonso, Escrito en Euskadi. Revolución y cultura (1976-1982), Madrid, 1982, pág. 39].
[16] Véase, por ejemplo, DEL BURGO, Jaime Ignacio: Soñando con la paz. Violencia terrorista y nacionalismo vasco, Madrid, 1994, pág. 125.
[17] GUIMON, Julen: Euskadi y la Transición. Una narración en marcha, Bilbao, 1996, pág. 123.
[18] EL PAIS, 21.09.00
[19] EL PAIS, 02-05-01
[20] EL PAIS, 30.07.01
[21] “Hablar de oídas”, EL PAIS, 06.09.01
[22] Cfr. FERNÁNDEZ BARBADILLO, Pedro y RUIZ MIGUEL, Carlos: “¿Aprobaron los vascos la Constitución?”, Revista de Estudios Políticos, núm. 122, octubre-diciembre de 2003, págs. 167-178. Con posterioridad, el primero de ellos ha publicado el artículo “Los vascos sí aprobaron la Constitución”, El Correo, 25.07.04.
[23] Conviene hacer notar, a efectos de calibrar la gravedad de la actuación que el título del trabajo que ambos han publicado en la Revista de Estudios Políticos -¿Aprobaron los vascos la Constitución?- es exactamente el mismo, con signos de interrogación incluidos, del que encabezaba el artículo que Azaola publicó en el Diario Vasco el 6 de diciembre de 1988.
[24] Por si hubiera alguna duda en torno a lo que los autores sugieren al hacer esta afirmación, Fernández Barbadillo sostiene en su artículo ya citado de El Correo, que “..en 1978 el terrorismo etarra aumentó su actividad, lo que en muchos lugares vascos pudo inducir a grupos de electores a abstenerse para no quedar señalados”
[25] VV.AA.: La Constitución Española 1978, San Sebastián, 1978. El subtítulo de la obra, Konstituzio honen aurka -Contra esta Constitución- refleja bien a las claras cual era la posición que se defendía en sus páginas en relación con el referéndum.
[26] Ibidem., pág. 67
[27] “Hablar de oídas”, EL PAIS, 06.09.01
[28] FERNÁNDEZ BARBADILLO, Pedro y RUIZ MIGUEL, Carlos: “¿Aprobaron los vascos la Constitución?”, Op. cit., pág.177
Bueno, Josu, al igual que con la serie sobre la ilegalización de Batasuna, voy a esperar hasta el final para hacer mi valoración.
Solo te diré que, en un viaje que hicé con el APA de mi instituto a Italia, tuve un intercambio de palabras con una chica que quiso añadir al sí, los votos nulos y yo le contesté que nunca se podían juntar los votos nulos con los afirmativos puesto que los votos nulos podian obedecer a otros motivos. Ella me contestó que era delegada de clase y que, toda la vida, los votos nulos se habian juntado con los votos afirmativos. No le contesté porque, ante argumentos de tal peso, como replicarle.
Unos años más tarde llegó mi revancha pensativa porque , tras una huelga, hubo una discusión sobre si los que habían votaado que no a la huelga tenían que respetar la huelga y no acudir a clase. El profesor dijo que los que han votado afirmativamente a una cosa les vinculaba totalmente mientras que, a los que habían votado que no, no les vinculaba y podían hacer lo que quisieran pero, y ahí llegó el argumento que permitió seguir con la discusión un par de días más, los que habian votado en blanco, nulo o abstenido no les quedaba más remedio que acatarla porque, con ese sentido del voto, habían dicho » ni os doy la razón ni os la quitó sino que acataré lo que diga la mayoría». Como he dicho la discusión continuó un par de días más y se llegó a la siguiente conclusión: » los abstencionistas no se significan políticamente pero acatan lo que diga la mayoría aunque no se hayan pronunciado sobre el particular».
De todos modos, Josu, quería decir una cosa pero, como igual te reviento la serie, lo voy a dejar para el final.
Saludos.
La constitución espanola no fue aceptada en Euskadi. Si no se hubiera sometido a referendum, como sucede en el Reino Unido, nadie podría decir que no fue aceptada. Pero el referendum existió, con el resultado de falta de consenso social incontestable.
Hubiera estado bien que el PNV no le hubiera construído una pared a Peces-Barba, pero se la hizo, poniéndoselo a huevo al pintor de brocha gorda. Cualquiera, y no solo el gran cínico, puede usar no ya la brocha gorda, sino un rodillo de 40 centímetros sin despeinarse.
El PNV era libre de haber pedido ir a votar de modo beligerante inequívoco con el NO, a dar un repaso a los síes, y poder ahora ser mucho más libre y estar mucho más legitimado para su acción política. Pero no lo hizo.
Ni HB ni ETA eran imbéciles. Sabían que el cómputo era estatal, que aunque el NO hubiera sido de un 95% del censo lo que valía jurídicamente era el resultado global, que sin duda iba a ser el asenso hispánico. Pero también vale el dejar testimonio, para el presente y el futuro, como sucedió con el NO a la OTAN y a la actividad de bases militares de US en Euskal Herria seis annos después, pese al nuevo obstáculo antipatriota del PNV, que entonces pedía «libertad de voto», sabiendo que el País Vasco, en sus Bardenas, era un campo de tiro de tropas extranjeras sin permiso.
Con la abstención ante la CE de 1978, la ley que garantizaba la monarquía y la garantía militar para la represión de quien intente democráticamente la segregación del Estado territorial, había comenzado la historia de la claudicación del PNV.
Donatien
La conclusión que saco de los resultados del referendum y de la información sobre sus interpretaciones que el anfitrión nos proporciona es que no se sabe, ni se sabrá nunca si Euskadi aprobó o no la Constitución. Por supuesto que cada uno tendrá su opinión, pero nadie tendrá argumentos suficientes como para convencer al que no la comparta.
Mi pregunta es: ¿Con qué finalidad propugnó el PNV la abstención? ¿Precisamente para que las cosas no quedaran claras? ¿Tenía miedo de obtener poco apoyo si propugnaba un voto más constatable con números? A lo mejor lo averiguamos en las siguientes entregas.
Menudo cuento de Navidad que nos estás largando, Josu. A ver si de una vez le echais narices al asunto en el PNV. Me parece estupendo que no os guste la Constitución, López, Peces Barba o el obispo Munilla. Pero hacer alguna vez un ejercicio de coherencia: si considerais que el sistema no es legítimo, empezar a dejar los escaños, alcaldías y demas cargos y poner rumbo al monte, al Gorbea, por ejemplo. Pero me temo que en ese viaje se os iban a quedar muchos «abstensores» por el camino.
Dejar de jugar con la gasolina que prende ETA, o haceros gasolineros de verdad.
Feliz Navidad.
Manuel, Euskadi no aprobó la Constitución. Porque MUCHOS nos habíamos leído el contenido de los artículos 1 y 8. Va bene? Si mal no recuerdo, todos los parlamentarios vascos nacionalistas salieron del hemiciclo el 6 de diciembre de 1978 cuando se iba a votar la constitución en el parlamento.
Debo confesar que a nivel particular nunca me han gustado las abstenciones, ni los votos nulos, ni los votos en blanco, porque despues de todo, aunque pretendas ser reivindicativo, lo cierto es que estas dentro de las reglas del juego, y tu voto puede acabar donde no deseas (la ley de partidos es un claro ejemplo del aprovechamiento en ese sentido).Ya que estas dentro del «juego» me parece mas efectivo posicionarse explicitamente dentro de ese sistema en definitiva, binario
Lo comparo a la respuesta de una encuesta:»no sabe, no contesta». Es cierto que una abstencion tiene a veces cierta estrategia cuando se hace en bloque pues tiene la capacidad de condicionar resultados… Pero permitir que TU voto se maneje sin poder controlar su destino final dentro de ese juego…
….porque, entiendo que convendria siempre distinguir muy bien lo que significa por un lado la intencionalidad o significado que qeramos darle a un voto, y por otro, las consecuencias reales del mismo. Creo que deberiamos siempre prestar mas atencion a lo segundo, las consecuencias ( y este razonamiento tambien es aplicable a cualquier ambito de nuestras vidas).
Gracias a la Constotución Española tenemos nuestro querido Estatuto de Gernika y Gracias a la Constitución Española tenemos a nuestro lehendakari, hoy socialista que ha sustituido a lehendakaris nacionalistas que han gobernado durante 30 años.
Feliz Navidad Josu! Gracias a la Constitución Española has llegado a ser lo que eres (un político de provincias!)
A mi la legitimidad de la Constitucion me parece muy débil, y por eso no saben como cambiarla.
Hoy ya hemos leido como se gestó esa constitución, con múltiples «recados» imperativos que venian desde una organizacion criminal, el ejercito franquista. Herrero de Miñon lo contó muy graficamente cuando las redacciones del los art 2 y 8 fueron aprobadas tras mostrar el el membrete del sobre que traia el articulo, membrete del cuartel general del ejercito, lo llamaban JUJEM, JEME o yo que se que hostias.
En fin, me hacen gracia los hispanos cuando dicen que no se pueden dar precios politicos a los terroristas, y ellos mismos adoran una constitucion repleta de precios politicos a los criminales franquistas !
Haz clic para acceder a kortacounsellor-nireblog-com_file_547909_hmwteex3.pdf
Urte berrion politica eta gizartearen alde daudenentzako.
Querido Axun:
Explicamelo porque soy un poco obtuso. ¿ Qué tiene que ver lo que yo he escrito con lo que tú dices? ¿ Donde digo que Euskadi aprobo la constitución?. En ningún sitio. Solo me limito a dejar constancia de un hecho que me pasó nada más.
Saludos.
Querido periodista del corr…Perdon Ramon.
Yo te contesto, los vascos no aporbaron la constitucion, no porque toda ella sea mala, sino por que habia partes que son inaceptables en una democracia seria y por que contenia demasiadas amenazas a determinadas ideas democraticas.
Una vez a un colega mio le atracaron en mexico df, el interfecto le coloco un pistola en la frente y le dijo:
«o me entrega todo su dinero o se muere aqui mismo».
Eso es lo que se hizo con la constitucion, era o aprobarla o el campo de concentracion y encima te decian que la culpa de acabar en el campo de exterminio era tuya por intransigente.
De nada, para cualquier otra aclaracion puedes preguntarme lo que quieras.
Imanol.
¿Cuando dejaran los nacionalistas españoles de jugar con los bombarderos de la condor de las imposiciones españolistas?
Usted no votó a favor de la Constitución, era un recién salido del bachillerato y tal vez ya empezó a poner carteles. Sus dotes de antaño no alcanzaban a entender nada de nada. Hoy y gracias a ella, y por entregas, está comiendo muchas lonchas de la parte del salchichón en manos estatales. No le gusta, pero para muchas cosas echa mano de ella.
Le voy a comentar algo de la Constitución Española (CE) sin ánimo de aburrirle.
La Constitución Española de 1978, aparte de un texto jurídico-político, es también el resultado de un acuerdo entre derecha e izquierda, entre nacionalistas y no-nacionalistas, entre laicistas y religiosos, etc. Es pues, un pacto entre distintos y distantes en beneficio de la convivencia. También representa un conjunto de reglas del juego. El pacto constitucional creaba también nacionalidades y regiones con derecho a sus respectivas autonomías políticas.
La CE representó también muchas renuncias políticas. Por ejemplo, la izquierda abandonó el maximalismo revolucionario a cambio de que la derecha desmantelara la dictadura. Pero no parece haber ocurrido lo mismo en el campo del nacionalismo, en el de sus aspiraciones de “autodeterminación” o “independencia”. De hecho, han sido los nacionalistas los únicos que no han renunciado a sus pretensiones, a sus programas máximos, desde el inicio de la transición hasta hoy.
Aquí, en España, el nacionalismo vasco, el catalán, el gallego, quieren separarse de España, niegan su existencia como nación (nunca pronuncian la palabra España sino que hablan del “Estado español”) y no pierden ocasión para afirmar su escaso aprecio por el conjunto y por su expresión jurídico-política, es decir, por la Constitución. Prueba evidente aquellas palabras de Artur Mas: “Este estatuto es un paso más, pero queda mucho camino por recorrer en el proceso de autogobierno. Eso sí, a partir de ahora podremos hablar a España de tú a tú”. Estas palabras no van a tener relevancia alguna, pero no podrán ser tachadas de ambiguas.
La Constitución acoge y protege el uso de una lengua distinta del castellano, ya sea el euskera, el catalán o el gallego, es un derecho, pero también el texto constitucional dice que “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho de usarla” (art. 3). En otras palabras, lo que la CE consagra en los territorios con otra lengua distinta del castellano es el bilingüismo y ningún proceso de “normalización lingüística” puede ir en contra de ese mandato.
La CE de 1978 ha servido para muchas cosas y consiguió embridar a muchos de los caballos desbocados que habían galopado sin freno, como el de Atila, por las tierras de España . La Constitución enterró el guerracivilismo de ambos bandos, pero no consiguió meter a todos los equinos en el corral y algunos de quienes la aprobaron (como los nacionalistas catalanes) o se abstuvieron (como los nacionalistas vascos), ya se ha visto desde entonces, no estaban dispuestos a ceder nada de su programa máximo. El propio texto constitucional se resiente de ello. Basta leer e Título VIII para darse cuenta.
Por otra parte, La Constitución Española contiene en su interior una Ley electoral que otorga enormes ventajas a las formaciones políticas que concentran sus votos en unas pocas circunscripciones, es decir, una ley electoral que prima ¡¡¡y de qué modo!!! a los partidos nacionalistas. Los prima hasta hacerlos los únicos garantes de la gobernabilidad en los casos en los que ninguno de los dos grandes partidos nacionales (ahora PSOE o PP) obtiene mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados.
Sr. Erkoreka, diputado del PNV, sabemos cuáles son las reivindicaciones nacionalistas que las podemos resumir diciendo, y recordando el comienzo de este comentario, que lo que quieren es el mayor número posible de lonchas de la parte del salchichón en manos estatales.
(Aprovecho esta vía para sugerirle se meta en temas de actualidad, con sus entregas no maree la perdiz o faisán. ¿O es que no se atreve?.)
After all, tomorrow is another day.
LAST NEWS …….. LAST NEWS …….. LAST NEWS ….. LAST NEWS …… FOR ANDO ….. FOR ANDO ….. FORA ANDO ….. LAST NEWS …..
Ando said:
«La Constitución Española de 1978, aparte de un texto jurídico-político, es también el resultado de un acuerdo entre derecha e izquierda, entre nacionalistas y no-nacionalistas, entre laicistas y religiosos, etc.»
Según ha podido saberse por fuentes de toda solvencia, ningún sector nacionalista (vasco) está de acuerdo con la Constitución Espanola de 1978.
A Ando.
Algun dia te contare como los militares franceses, italianos e ingleses amenazaron a los militares españoles para que se quedasen bien quietitos.
Los italianos les dijeron que si no se quedaban quietitos y la liaban se quedarian con las baleares, repartiendoselas con los britanicos.
Los franceses amenazaron con quedarse con la antigua marca española y el pais vasco al completo con navarra.
Los ingleses querian cadiz, parte de las baleares y ceuta y melilla, quedandose tambien con huelva y extremadura para cederselas luego a portugal.
Cuando le fueron a protestar a los usa, estos les respondieron «¿Que quereis, un plano de conjunto?»
Esa fue la razon por la que se quedaron bien quititos.
Quina colla de rucs que sou. Heu fet sempre riure.